Buscan 'exentar' a magistrados de juicio político

Partidos alegan que el Congreso no tiene facultades para establecer los procedimientos.

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En caso de la credibilidad del juicio político, los magistrados del Teqroo podrían dejar sus cargos. (Foto: Redacción)
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Benjamín Pat/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.-  El análisis de la solicitud de juicio político en contra de magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo, se alargará por una diferencia de criterios legales entre las fracciones parlamentarias del Congreso Local.

Las fracciones del Partido Revolucionario Institucional (PRI), y del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), alegan que el Congreso del Estado no tiene facultades para establecer procedimientos en contra de los magistrados del Teqroo, porque fueron designados por el Senado de la República.

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Carlos Mario Villanueva Tenorio, presidente de la Comisión de Justicia, confirmó que se determinó mantener en análisis la petición de juicios políticos en contra de magistrados electorales, por la controversia que existe.

Sin embargo, para Eduardo Martínez Arcila, presidente de la Gran Comisión, la Constitución es muy clara, por lo que en caso de que la Comisión de Justicia establezca la procedibilidad de un juicio político, se realizarán los procedimientos y se establecerán las sanciones correspondientes a la inhabilitación para ocupar cargos públicos en Quintana Roo, además de la destitución del cargo.

“La ley es muy clara, daremos pasos apegados a la ley, será un procedimiento el que determine si hay responsabilidad o no"

“La ley es muy clara, la competencia del Congreso para conocer estos temas, daremos pasos apegados a la ley, será un procedimiento el que determine si hay responsabilidad o no. La legalidad para conocer del estado está muy clara en la Constitución”, afirmó el legislador.

En el caso de los magistrados electorales, el Congreso Local aplicará las disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Quintana Roo, confirmó el diputado, previo AL dictamen de la Comisión de Justicia.

La derivó en el hecho de que los magistrados electorales fueron designados, de manera directa por el Senado de la República en base al procedimiento establecido en el artículo 108 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).

La propia ley federal en su artículo 118, señala que los magistrados electorales sólo podrán ser privados de sus cargos en términos del Título Cuarto de la Constitución (federal) y las leyes de responsabilidades de los servidores públicos aplicables.

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