Registran a diario siete denuncias por amenazas

Estas sentencias son conmutables, es decir, el sentenciado solo paga una multa y no va a la cárcel.

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La multa por este delito es igual al de ingerir bebidas embriagantes en la vía pública. (Redacción/SIPSE)
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Eric Galindo/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- El delito de amenazas, es de poca relevancia para la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), pero es uno de los problemas que más se denuncian en las mesas de guardia del Ministerio Público del Fuero Común (MPFC) de diez denuncias que recepcionan, siete son por amenazas.

El Código Penal para el Estado de Quintana Roo, a partir de junio del 2013, reformó el artículo 123, que habla sobre el delito de amenazas. A partir de esta fecha, la persona que amenace dos o más veces a otra con causarle un daño físico, a sus bienes o derechos, se le impondrá de seis meses a un año de prisión o a trabajo favor de la comunidad hasta por seis meses.

Los casos de amenazas, ocupan el sexto lugar en la tabla de delitos que maneja la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), en ellos se pueden presentar desde amenaza con armas de fuego, hasta amenazas de palabra. El delito se persigue previa querella, es decir, el denunciante tiene que hacer la imputación directa contra el sujeto que lo amenazó, según la ley.

Para los funcionarios estatales el delito de amenazas, es similar al de difamación porque las denuncias no prosperan. De hecho, el de difamación fue derogado del Código Penal en abril del 2007, al igual que el de calumnia.

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