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Una polémica indudablemente a flote ha sido los derechos que se les restringe adquirir a las personas homosexuales. Ser homosexual no es lo mismo que ser una persona transgénero, un tema actual es la miss universo que ganó en España, pese a tener la apariencia de una mujer, esta persona se sometió a un proceso de transgénero, pero la homosexualidad no es lo mismo. La homosexualidad parte de personas que sienten atracción sexual hacia otra persona del mismo sexo.

Muchas personas homosexuales han intentado hacer notar su voz a través de huelgas y amparos que han acudido, pues a su perspectiva es su derecho obtener las mismas prestaciones y adquisiciones que una persona heterosexual, ya que al final de todo ellos siguen siendo personas.

El Senado de México garantizó mediante un comunicado la aprobación de garantizar el derecho de seguridad social a parejas del mismo sexo. Dicho comunicado tiene un alto valor, ya que a pesar de ser estas personas quienes han solicitado en diversas ocasiones dichos derechos intrínsecos de ellos, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 1° menciona que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Pues bien, respecto a este derecho que salvaguarda la Constitución, el Senado de la República aprobó con 110 votos el dictamen que asegura un acceso y disfrute del derecho de prestaciones importantes: la seguridad social, servicios y prestaciones, a los cónyuges y concubinos del mismo sexo. Este proyecto está avalado por unanimidad y modifica las Leyes del Seguro Social (SS), así como también la del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste); contemplado así el eliminar el lenguaje sexista y discriminatorio en esos ordenamientos.

El comunicado explica que la modificación de estas leyes en cuanto a hacer reformas no son necesarias para que no se presente ningún caso que niegue el otorgamiento de los derechos que se derivan de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo.

¿Por qué aprueban estas modificaciones? Pues bien, las aprobaron porque enfatizan los principios de libertad y bienestar sin discriminación, mismos principios que protege la Constitución y los Derechos Humanos. La presidenta de la comisión de Seguridad Social Gricelda Valencia de la Mora, manifestó que la aprobación de este dictamen se esta dando no de manera sencilla, puesto que llevó un proceso de lucha y conquista por el reconocimiento y salvaguarda de los derechos de las comunidades Lésbico-gay, travesti, transexual, transgénero, bisexual e intersexual.

La seguridad social debe ser en igualdad de circunstancia y sin discriminación alguna, buscando la prevención con prestaciones individualizadas y económicas, subrayó la senadora del PVEM, Gabriela Benavides Cobos. Se reconocen los mismos derechos y obligaciones para matrimonios celebrados entre personas del mismo sexo, se incorpora a la realidad de los cambios sociales para dar igualdad de oportunidades en materia de seguridad social.

La realidad social que se presentó al existir estas comunidades no es de ignorar, porque pese a que muchas personas no coinciden con sus ideologías es algo que ya está y por lo tanto se debe proteger al ciudadano de cualquier circunstancia que se amerite por igual. Algo importante es este avance de Seguridad Social al que ellos pueden aspirar a adquirir.

 

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