Profepa podría clausurar extracción de material pétreo en Playa

La dependencia examinó un predio en Playa que cambió el uso de suelo y otro en Cancún.

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El propietario no contaba con los permisos para la extracción del material, que dañaría la zona forestal. (Archivo/SIPSE)
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Agencia
PLAYA DEL CARMEN.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) examinó un predio por la extracción de material pétreo en más de un millón 340 mil metros cuadrados de terreno en Playa del Carmen y el segundo por la construcción de una marina para colocar barcos en la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat), en la zona hotelera de Cancún.

De acuerdo a Notimex, en un comunicado, la dependencia ambiental informó que en atención a denuncias populares, en la zona hotelera de Cancún, inspectores de la autoridad ambiental en esa entidad se constituyeron en el predio que ocupa la razón social Real Arenas de Cancún, S.A. de C.V., concesionaria de la Zofemat inspeccionada, adyacente a la Laguna Nichupté.

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Durante la diligencia, se observó que en la superficie de Zofemat concesionada a la citada empresa, la cual es de 443.17 metros cuadrados, se encuentra una fracción de la construcción de la marina del Real Sands, consistente en un andador de concreto con plataforma para colocar embarcaciones y una fracción de una palapa.

Además, de detectarse el traslape en una superficie de 113.80 metros cuadrados con una superficie concesionada a un particular.

En cuanto al sitio inspeccionado en la carretera Chetumal-Cancún, en la localidad de Playa del Carmen, municipio de Solidaridad y que está conformado por los predios dominados Santa Amelia II y Los Pícaros, los inspectores actuantes detectaron el cambio de uso de suelo en terrenos forestales derivado de las actividades de la extracción de material pétreo.

También la operación de obras e instalaciones de apoyo en una superficie aproximada de 134.28 hectáreas, lo que afectó vegetación secundaria arbórea derivada de selva mediana subperennifolia.

Los predios Santa Amelia II y Los Pícaros se encuentran inmersos en la continuidad de la mancha urbana de la localidad de Playa del Carmen; en la visita el responsable no acreditó contar con la autorización para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Refirió que el responsable de la extracción del material pétreo cuenta con cinco días posteriores al cierre de la inspección para manifestar lo que a su derecho corresponda y aporte las pruebas que considere con relación a los hechos detectados en la visita.

De no desvirtuar los probables incumplimientos detectados a la normatividad en las materias de Zofemat y forestal por cambio de uso de suelo en terrenos forestales podrán ser sancionados con una multa que va de 100 a 20 mil veces la Unidad de Media y Actualización vigente de conformidad con lo señalado en el artículo 157, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Por lo que corresponde al cambio de uso de suelo en terrenos forestales, independientemente de las sanciones penales que resulten.

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