Promueven iniciativa para penalizar muertes por conductores ebrios

El Congreso aprobaría dejar sin fianza y dar fuertes multas tras trágico accidente.

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A medidas establecidas, como el alcoholímetro, se suma la iniciativa de penalizar a quienes estando ebrios causen accidentes fatales. (Tomás Álvarez/SIPSE)
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Abigail Becerra/SIPSE
CANCÚN, Q.Roo.- De cuatro a 12 años de prisión y el pago de una multa que va de los 31 mil a 93 mil salarios mínimos, serán los castigos penales a quienes por conducir en estado de ebriedad, priven de la vida a una persona.

Esta es la iniciativa de decreto por la que se pretende reformar el Artículo 54 y adicionar el Artículo 88 Bis, ambos del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; propuesta subida al pleno para su aprobación a cargo de la diputada Marilyn Rodríguez Marrufo, integrante de la Comisión de Puntos Legislativos; anunció Manuel Aguilar Ortega, presidente de la Gran Comisión del congreso estatal.

Explicó que las penalizaciones antes descritas surgen a partir de que el delito de homicidio culposo no es considerado como grave en el actual Código Penal, pese a que la vida de un ser humano se considera como el bien jurídico más importante.

Esto después de darse a conocer el caso de la muerte de tres integrantes de una familia a manos de un joven que conducía alcoholizado y en sentido contrario.

Dijo que es importante esta reforma sobre todo cuando existen sanciones más severas para quienes roban tres o más cabezas de ganado o artículos en un centro comercial, y quedan sin derecho a obtener la libertad bajo fianza, como en la actualidad se le concede al responsable de un homicidio culposo.

Por lo que de ser aprobada esta reforma, aquellas personas que conduzcan en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas, enervantes, estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias prohibidas que tengan efectos similares en el cuerpo humano; y por sus acciones priven de la vida a una o más personas, ya no tendrán la posibilidad de obtener la pena de seis meses a siete años en prisión, ni la libertad al pagar una fianza.

Por el contrario, se ajustarán a cumplir con una pena de cuatro a 12 años de prisión sin excepción, más el pago de una multa que va de 31 mil a 93 mil salarios mínimos o más, según quede al albedrío del juez; y no podrán obtener la libertad provisional bajo caución, apuntó Aguilar Ortega.

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