Proyecto hotelero, rechazado en isla Holbox

Niegan el permiso por posibles daños al Área de Protección de Flora y Fauna Yum Balam

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Planeaban ocupar un predio de 98.5 metros cuadrados en la zona costera. (Daniel Tejada/SIPSE)
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Enrique Mena/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- Por posibles daños al Área de Protección de Flora y Fauna Yum Balam, en la isla Holbox, un proyecto hotelero de 10.5 millones de pesos de inversión fue rechazado por autoridades ambientales.

En el predio de 98.5 metros cuadrados en la zona costera hay especies de flora como Palma chit (Thrinax radiata) y seis ejemplares de mangle, protegidos por la Nom-059-Semarnat-2010, causales principales para la resolución de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) que no aplica; de acuerdo con la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) modalidad particular se trata del proyecto Y B Mayan Hotel, promovido por un particular de nombre Jorge Pérez Pérez.

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Además, se identifica en el lugar vegetación de tipo matorral costero, que es típico de la zona de playas, Coco nucifera, Coccoloba uvifera, Chechén Metopium browneii; en el caso de mangle, es de las especies conocarpus erectus y Avicennia germinans; de los seis individuos de flora, seis ejemplares son mangles y Palma chit.

El documento da a conocer que la ubicación exacta es en el lote 13 de la manzana 0107, zona 002, en la isla de Holbox, municipio de Lázaro Cárdenas, donde se pretendía la construcción de dos módulos de tres niveles cada uno para habilitar ocho habitaciones dobles, 12 habitaciones sencillas y una suite, para hacer un total de 21 espacios a ocupar.

Además de lo anterior, contemplaba la construcción de una alberca, recepción, local comercial, bodega, cuarto de máquinas, área para servicios de lavado y planchado para los huéspedes; el particular estimaba un tiempo de vida útil de 90 años.

Desde el 12 de junio de 2018, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (Dgira) evalúa la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) emitiendo resolutivo de no aplica el 11 de octubre, cuatro meses posteriores.

Los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental que considera para lo anterior son, Programa de ordenamiento Ecológico Marino y Regional del Golfo de México y Mar Caribe, General del Territorio, Área Natural Protegida, normas oficiales mexicanas.

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