Inicia la veda electoral, ¿qué puedo y qué no puedo hacer?

El INE estará pendiente de que los partidos e independientes cumplan con la medida.

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El INE advirtió que el Ieqroo, las Oples, así como el mismo organismo, son las únicas instituciones que podrán dar a conocer resultados preliminares de la jornada electoral. (Jesús Tijerina/SIPSE)
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Claudia Olavarría/SIPSE
CANCÚN, Quintana Roo.- El período de veda electoral que inicia hoy, concluye hasta la medianoche del 1 de julio, explicó el Instituto Nacional Electoral (INE). Durante estos días no puede haber actividad proselitista que pueda influir al electorado, previo a la elección de autoridades federales y locales de este domingo.

El INE atenderá las denuncias que realicen partidos políticos, ciudadanos y candidatos, incluidas las publicaciones en redes sociales, de estas últimas, se analizará el origen de los comentarios para determinar si son o no tendenciosas, principalmente las que puedan hacer personalidades que puedan considerarse líderes de opinión.

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En estos cuatro días de veda electoral están prohibidas reuniones o actos públicos de campaña y de propaganda o proselitismo, tanto de partidos, como candidatos, dirigentes o simpatizantes, así como hacer propaganda tanto partidos políticos como candidatos por cualquier medio de comunicación, la difusión de propaganda gubernamental, realizar o difundir informes anuales de labores de cualquier sector de los tres niveles de gobierno y la promoción y difusión de propaganda política en radio y televisión.

El día de la jornada electoral no debe haber propaganda electoral cerca de cualquier casilla; además, no se puede dar a conocer resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.

El INE, así como los Organismos Públicos Locales (Oples) como es el caso del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), al ser instituciones oficiales y organizadoras de las elecciones concurrentes 2017-2018 serán los únicos que podrán dar a conocer resultados preliminares de las elecciones el 1 de julio.

De acuerdo al protocolo de veda electoral, la propaganda de partidos políticos y candidatos debe ser retirada siete días posteriores a la jornada electoral.

La propaganda a la que se refieren son pendones, lonas, espectaculares, bardas pintadas y la contratada en otros medios de distribución como unidades de transporte urbano.

Las publicaciones de los candidatos en redes sociales, incluidos videos y transmisiones en vivo, deben estar vinculadas a sus actividades personales únicamente, y no difundir información con contenido electoral, de lo contrario serán sancionados.

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