Benefician a empresa en relevo municipal

El órgano fiscal realizó observaciones a la Cuenta Pública 2014 de Benito Juárez.

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La empresa dio asesorías en materia de adquisiciones y arrendamientos al Municipio de Benito Juárez. (Redacción)
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Claudia Olavarría/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- La pasada administración no comprobó satisfactoriamente 112 millones 879 mil 730.81 pesos por concepto de renovación de servicios por el cambio de administración, la empresa beneficiada con ese dinero fue Acciones en la Administración de Proyectos, S.A de C.V.

En las observaciones que el órgano fiscal hizo a la Cuenta Pública 2014 en la sección D-1442, con fecha 15 de enero de 2014, lo único que se encuentra como comprobantes es un pago por 499 mil 500 pesos a dicha empresa, por la prestación de servicios profesionales de asesoría ante el cambio de administración y conclusión de contratos y servicios.

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La empresa dio consejos en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles del Municipio de Benito Juárez, situación de la que el mismo órgano fiscal apunta que no hay justificación, toda vez que es función de los titulares de las Direcciones el recabar e identificar las necesidades de sus áreas respectivas, con la finalidad de contemplarlas en la información que es enviada para la realización del Programa Operativo Anual (POA).

El órgano fiscal encontró el oficio DRMYSGD/DL/0024, emitido por Fabiola Castillo Martínez en calidad de directora de Recursos Materiales y Servicios Generales del Ayuntamiento Benito Juárez, donde solicita a la Tesorería autorización para el pago de la factura B5 de la empresa señalada por la contratación de servicios profesionales, con cargo a los recursos municipales del ejercicio fiscal 2014.

La factura B5 que expide el proveedor con fecha 15 de enero 2014 es por un importe de 499 mil 500 pesos, por concepto de servicios profesionales, del resto del dinero no hay comprobantes.

En un segundo oficio con número DRMYSG/LP/1299/2013 emitido por Castillo Martínez, y dirigido a Gabriela Margarita Rodríguez Gálvez, con el cargo de Oficial Mayor, donde se solicita la autorización para someter a consideración y autorización del comité de compras, el servicio referido, así como la procedencia de no celebrar Licitación Pública.

Y a través del oficio TM/274-9/2013 de Rafael Manuel Ponce Pacheco como Tesorero del Ayuntamiento Benito Juárez, informa a Castillo Martínez que cuenta con la suficiencia presupuestal para la contratación de esos servicios.

Sin embargo, en la revisión de documentos no encontraron el acta del Comité de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios del Ayuntamiento de Benito Juárez, en la que se autorizó la contratación de este servicio y su excepción a la licitación pública.

Tampoco encontraron la justificación de esa adquisición y menos de la excepción en apego a lo establecido por ley, lo que afecta a que el Ayuntamiento obtenga las mejores condiciones en economía, eficacia e imparcialidad y honradez por la erogación realizada, con ello se viola el artículo 47 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

En la evidencia documental de los trabajos realizados no presentan la metodología utilizada para recabar la información, ni los indicadores que sirvieron de base para medir las necesidades apremiantes del Ayuntamiento benitojuarense con motivo del cambio de las administración, en el ámbito de renovación de servicios, adquisición o renovación de inventarios y en los proceso de adquisiciones.

Mucho menos encontraron evidencia documental (una lista) de asesorías otorgadas al personal de Recursos Materiales y Servicios Generales, u oficios donde se les notifique su participación en la capacitación y mucho menos las constancias e acreditación del taller.

Igual se buscó un expediente curricular del personal encargado de realizar los servicios profesionales, que acredite la legalidad, capacidad y experiencia profesional para dichos servicio.

De esa forma los exfuncionarios Castillo Martínez, Rodríguez Gálvez y al ex contralor Alonso de Jesús Alonzo Rodríguez, infringieron la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público del Estado de Quintana Roo, así como el Reglamento de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público del Estado de Quintana Roo.

De esa forma la Auditoría Superior el Estado señala en el Pliego de Observaciones que se presume un probable daño o perjuicio en su Hacienda Pública o patrimonio por la cantidad citada, más las actualizaciones generadas por los recursos desde su disposición hasta su reintegro a la cuenta correspondiente.

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