Extradición de Borge Angulo no es voluntaria

Deciden no utilizar más recursos legales que retrasarían el traslado del ex gobernador.

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Esperan la firma del documento que concede el traslado de Roberto Borge a su país. (Redacción)
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Eva Murillo/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- La extradición de Roberto Borge Angulo, ex gobernador de Quintana Roo, no es voluntaria, explicó su abogado Arturo González Baso, pues de ser así implicaría que renuncie al Principio de Especialidad, con el cual las autoridades mexicanas están obligadas a juzgarlo únicamente por delitos que figuran en el pedimento de extradición, salvo algunas excepciones.

Señaló que su decisión fue ya no utilizar más recursos legales, aun cuando estaba en esa posibilidad, para retrasar su traslado a México, pero eso no implica que haya optado por la extradición voluntaria.

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Con el Principio de Especialidad, según indica en el Tratado de Extradición vigente entre Panamá y México, ninguna persona extraditada será detenida, procesada o condenada en el territorio de la Parte Requirente (en este caso México) por delitos distintos a los que fue otorgada la extradición.

Sin embargo, ese principio se pierde en caso de que las autoridades competentes de Panamá accedan a ampliar la solicitud de extradición para que México pueda detener, enjuiciar o condenar a Borge Angulo por delitos distintos de los generaron la solicitud de su entrega.

También queda invalidado si Borge Angulo abandona México después de la extradición y luego regresa voluntariamente, también finaliza si al término de 30 días el ex gobernador no abandona el país aun estando en libertad de hacerlo, de igual forma lo pierde si comete algún delito, luego de que fue entregado por Panamá.

Se espera que la próxima semana, el presidente de Panamá, Juan Carlos Varela, así como la canciller y vicepresidenta, Isabel de Saint Malo de Alvarado, firmen el documento que concede el traslado de Roberto Borge a México, luego de que ayer la Corte Suprema de Justicia notificó al Ministerio de Relaciones Exteriores la decisión de los magistrados de rechazar el recurso de impugnación contra su extradición y fallo contra tres habeas corpus que mantenían en revisión.

Una vez que la presidencia panameña y su cancillería agoten ese trámite, corresponde a México ir por Borge Angulo y traerlo a su país.

Según el Artículo XV del Tratado de Extradición entre México y Panamá, si se accede a la solicitud de extradición, se informará a México el lugar y fecha de la entrega, así como el tiempo que Borge Angulo estuvo privado de su libertad con fines de extradición.

México tiene que hacerse cargo del ex gobernador de Quintana Roo dentro del término de 30 días hábiles, los cuales inician el día en que éste fue puesto a su disposición. Si México no lo hiciera dentro del plazo establecido, Borge Angulo sería puesto en libertad.

En el caso de que México o Panamá no pudieran entregar o trasladar a Borge Angulo, lo notificará a la otra parte. Ambas partes decidirán de mutuo acuerdo una nueva fecha para la entrega.

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