Inicia la limpieza de propaganda en Chetumal

El artículo 174 establece que deben retirar la difusión de su candidatura en un radio de 50 metros de una casilla electoral.

|
El último minuto de este martes vence el plazo para que los candidatos retiren su propaganda electoral. (Redacción/SIPSE)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Jorge Carrillo/SIPSE
CHETUMAL, Q.Roo.- De acuerdo con el Calendario Legal del Proceso Electoral Ordinario 2013, el último minuto de este martes vence el término para que los partidos políticos, coalición y candidatos independientes retiren toda la propaganda electoral que se encuentre en un radio de 50 metros alrededor de donde se instalarán las mesas receptoras del voto.

Lo anterior se encuentra establecido en el artículo 174 fracción VII párrafo cuarto de la Ley Electoral vigente en el Estado de Quintana Roo que a la letra dice “… Los partidos políticos, coaliciones y los candidatos independientes, cinco días antes de la jornada electoral quedan obligados a retirar su propaganda electoral que se encuentre en un radio de cincuenta metros a la redonda de donde se vaya a instalar una casilla.”

Asimismo, la normatividad establece que la los Consejos Municipales y los Distritales, dentro del ámbito de su competencia, velarán por la observancia de esta disposiciones y adoptarán las medidas a que hubiera lugar para asegurar a los Partidos Políticos, coaliciones y candidatos el pleno ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones en la materia.

En este sentido se considera propaganda electoral al conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que, durante la campaña electoral, producen y difunden directamente o a través de los medios de comunicación colectiva, los partidos políticos, coaliciones, los candidatos y sus simpatizantes, con el propósito de presentar y promover ante la ciudadanía las candidaturas registradas.

Los representantes de los partidos políticos, de acuerdo con la Ley, podrán en su caso impugnar el resultado de la elección en las casillas en las que no se retire dicha propaganda, pues el espíritu de dicha norma es que los ciudadanos voten de manera libre sin que existan elementos que lo induzcan al voto por determinado partido, coalición o candidato independiente.

Lo más leído

skeleton





skeleton