Al rescate de alumnos deportados

La deportación de mexicanos también afecta a miles de niños y jóvenes que tendrán que regresar junto con sus padres a enfrentarse a un futuro incierto para concluir su educación.

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La insensatez desmedida de Donald Trump por la deportación de mexicanos arraigados ilegalmente en territorio estadunidense, más allá de las complicaciones económicas y la inmoral separación de familias, también afecta directamente a miles de niños y jóvenes que no tendrán otra opción que regresar junto con sus padres a enfrentarse a un futuro incierto para concluir su educación. 

Ante esta emergencia social, el presidente Peña Nieto turnó, con carácter de trámite preferente, a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, la iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a fin de otorgar facilidades a los migrantes que regresan al país para incorporarlos al sistema educativo nacional, sin importar su condición migratoria o los documentos con los que cuenten.

El propósito de facilitar la movilidad académica implica determinar, mediante normas y criterios generales, los casos en que los estudios realizados fuera del sistema educativo nacional pueden adquirir validez oficial. 

Los más afectados, en estos casos, serán los estudiantes de educación superior, pues con estudios parciales o bien carreras que en México no se imparten, deberán recurrir a instituciones particulares de educación superior, previa autorización, para que otorguen revalidaciones parciales de estudios de licenciatura.

La maniobra presidencial implica reformas a la fracción III del Artículo 14 para autorizar que las instituciones particulares de educación superior con reconocimiento de validez oficial de estudios otorguen revalidaciones y equivalencias parciales de estudios de licenciatura; se adiciona una fracción XI Bis al Artículo 33 a fin de que la falta de documentos de identidad o académicos de niñas, niños y adolescentes no sea un obstáculo para acceder al sistema educativo nacional; en el caso del segundo párrafo del Artículo 60, los certificados, constancias, diplomas, títulos y grados regularizados deberán registrarse en el Sistema de Información y Gestión Educativa y tendrán validez en toda la República; el primer párrafo del Artículo 61 considera que los estudios realizados fuera del sistema educativo nacional podrán adquirir validez oficial; y el Artículo 62 establece la movilidad académica. Ante la tragedia, acciones concretas. 

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