De las cuotas y aportaciones (II)

El estado mexicano, a través del IMSS, Issste, Infonavit y Fovissste, pone al alcance de la población el acceso a la seguridad social.

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La seguridad social tiene el propósito de:

a) Garantizar el derecho humano a la salud, es decir, que a nadie se le niegue el derecho a estar sano.

b) Acceso a la asistencia médica, para recibir los servicios que presten los institutos, como hospitales.

c) Proporcionar la protección de los medios de subsistencia (subsidios económicos por razón de incapacidad o invalidez para el trabajo, por accidente o enfermedad).

d) Brindar los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo (campañas masivas de salud a la población en general;  campañas nacionales de vacunación, detección oportuna de padecimientos, prevención, fomento de la cultura y el arte, etc).

e) En su caso, otorgar una pensión y el derecho a crédito de vivienda, cubiertos los requisitos legales.

La seguridad social se hace llegar en forma especial a los trabajadores que cotizan al IMSS o al Issste, a través de paquetes de seguros, como lo son el de Riesgos del Trabajo, el de Enfermedad, Maternidad, Invalidez, Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada, Guarderías y el de Prestaciones Sociales.

El estado mexicano, a través del IMSS, Issste, Infonavit y Fovissste, pone al alcance de la población el acceso a la seguridad social pero, tratándose del IMSS y del Issste, los recursos para cumplir con dichos objetivos se obtienen de cuotas y aportaciones que cubren los trabajadores, patrones y el Gobierno Federal.

Al seguro de Riesgos de Trabajo aporta sólo el patrón; la cuota de aportación se determina acorde con el grado de riesgo según el tipo de empresa de que se trate.

Para las prestaciones en especie (atención médica) de los seguros de Enfermedades y Maternidad se establece una cuota diaria patronal del 13.9% de un salario mínimo general del D.F. (SMGDF); pero si el salario es tres veces mayor que el salario del D.F., pagará el patrón un adicional de 6% y el trabajador el 2%; a su vez, el Gobierno Federal cubrirá una cuota diaria de 13.9% de un SMGDF.

Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedades y maternidad se financiarán con una cuota del uno por ciento sobre el salario base de cotización, y pagarán los patrones el 70% de la cuota; los trabajadores el 25%, y el Gobierno Federal el cinco por ciento restante.

Para los seguros de invalidez y vida  a los patrones y trabajadores les corresponde cubrir el 1.75% y el 0.625% del SBC, respectivamente; al Estado le corresponderá el 7.143 de lo pagado por el patrón.

Para el seguro de retiro, el patrón pagará el 2% del SBC; para el seguro de cesantía en edad avanzada el patrón pagará el 3.150%, el trabajador el 1.125% y el Estado el 0.225% del SBC, respectivamente.

Para los seguros de guarderías y de prestaciones sociales la cuota patronal será del 1% del SBC. A lo anterior habrá que agregar la aportación patronal del 5% del SBC al Infonavit.

Disfrutar de los beneficios de la seguridad social a usted como trabajador le sale barato; paga más del 80% el patrón.

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