Desafíos de la justicia oral

La presunción de inocencia, es decir, presumir que somos inocentes hasta que una sentencia establezca lo contrario, es pilar del sistema de justicia

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Este 18 de junio se cumple la fecha que el Estado Mexicano estableció como límite para que todas las entidades federativas implanten un sistema penal que busca mejorar el proceso por el que se procura e imparte justicia.

El sistema viene precedido de buena fama. Llegó a Europa desde el siglo XIX y se le considera propio de los Estados democráticos. Desde 1991 una docena de países de América Latina lo adoptaron.

Un elemento que caracteriza al sistema es que los fiscales investigadores del Ministerio Público (MP) deciden cuáles casos, de todos los denunciados, investigan y llevan a los tribunales y pueden solicitar al juez soluciones más rápidas y económicas (diferentes al juicio oral) para resolverlos.

En los casos que llegan a juicio, quien acusa y tiene la representación social  es el MP y  la defensa tiene derecho a conocer, controvertir y confrontar sus pruebas en igualdad de condiciones y que se presenten ante el juez en audiencia pública y oral, donde observe directamente el comportamiento de los testigos y pueda valorar más objetivamente.

La presunción de inocencia, es decir, presumir que somos inocentes hasta que una sentencia establezca lo contrario, es pilar del sistema, igualmente el respeto a los Derechos Humanos de todos. La víctima tiene además el derecho de contar con un asesor jurídico (más allá de la representación social del MP) en todo el proceso.

Mejor, imposible.

Pero para cumplir las expectativas de mejora que supone, el sistema exige recursos y cambios profundos.

Las autoridades deben asumir valores como el compromiso, la ética, el respeto a los derechos de las personas, la capacidad para ejecutar investigaciones profesionales y generar pruebas científicas en el MP. Impone erradicar prácticas policiacas que puedan generar detenciones ilegales, incorrecta preservación del lugar de los hechos y de las evidencias y que, en consecuencia, den al traste con el proceso. Y se necesita una defensa con capacidad técnica y argumentativa y litigantes sagaces y comprometidos con su causa.

Como lo hizo Yucatán, esta reforma implica crear una nueva generación de jueces, los llamados jueces de control y los de juicio oral. Los primeros para controlar las pretensiones del MP, como determinar que una detención ha sido legal, que una persona sea vinculada a un proceso o que se apliquen tales o cuales medidas cautelares durante el mismo, así como también sus solicitudes para resolver los casos por vías diferentes a juicio.

Más desafiante, imposible.

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