Desaparición forzada, ¿nuevo delito?

La sentencia a un subteniente del Ejército, dictada por un juez civil, parece una doble victoria de las autoridades civiles en este rediseño de la procuración de justicia.

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La frase “mátalos en caliente”, atribuida a Porfirio Díaz para eliminar a opositores, enemigos y críticos a su gobierno, puede ser el punto de partida para la desaparición forzada, el novedoso delito que ya tuvo su primer sentenciado: un subteniente del Ejército, por un juez civil.

Parece una doble victoria para las autoridades civiles en este rediseño del sistema de procuración de justicia, que pasa por la acotación al fuero militar y el establecimiento de los juicios orales que, ya se advirtió, deberán aplicarse en todo el país el próximo junio de 2016. De hecho, el pasado miércoles entró en vigor en todas las instancias de procuración de justicia del país los protocolos homologados para la investigación de tortura y para la búsqueda de personas desaparecidas y la investigación del delito de desaparición forzada.

Respecto de esta primera sentencia, hay que reconocer que desde 2006 en que los militares comenzaron a participar en el combate al narcotráfico, el Ejército y la Marina han sido señalados por organismos nacionales e internacionales de violaciones a los derechos humanos, ejecuciones y desapariciones, pero no se habían registrado acusaciones formales a soldados y/o marinos por esa clase de delitos.

Ahora, incluso hay cuatro militares investigados por desaparición forzada y homicidio calificado contra siete personas por una ejecución ocurrida el 7 de julio en el municipio zacatecano de Calera, y varios más por los hechos del 30 de junio de 2014 en la localidad de Tlatlaya, Estado de México, cuando 22 presuntos delincuentes murieron en un supuesto enfrentamiento con soldados.

Es incuestionable que conductas al margen de la ley deben ser castigadas, y más cuando se trata de quienes tienen el deber de velar por la seguridad de los ciudadanos, pero también es incuestionable que la ley debe aplicarse por igual a civiles, pues es evidente que muchos funcionarios –de cualquier nivel– transgreden las leyes con total impunidad. De no ser así, se estaría mandando un mensaje negativo a las fuerzas armadas.

El argumento del juez sobre el fallo contra el subteniente, es que esa conducta también perjudica la imagen del Ejército como institución que desempeña una importante labor de protección y salvaguarda de la seguridad nacional y de las personas.

Los secretarios de Defensa y Marina han fijado su posición al respecto en el sentido de que no tolerarán a quienes atenten contra la vida, seguridad, integridad o patrimonio de las personas”.

Solo me pregunto si en estos juicios a militares no se está “matando al mensajero”, porque no hay que olvidar que los subordinados obedecen órdenes que dictan los mandos.

Anexo “1”

Revista de supervivencia a través de voz

La noticia de que la revista de supervivencia por parte de militares en situación de retiro podrá hacerse a través de la voz tiene sus "asegunes".

Hace algunos años, cuando se implantó el pago de haberes de retiro a través de tarjeta de nómina, muchos estuvieron reacios a migrar a este servicio. Argumentaban la lejanía de los cajeros (Banjército tiene muy pocos, por cierto) y las limitaciones para retirar efectivo.

Pero incluso con la tarjeta, muchos siguen yendo a las sucursales de Banjército a efectuar el retiro de sus haberes, algo que lejos de incomodar, es un pretexto para ponerse "de fibra" ese día, saludar a excompañeros, recordar anécdotas, enterarse de tal o cual asunto de interés, hacer citas para tomarse el café, etc.

En la revista física que se realiza en instalaciones militares y navales ocurre lo mismo. Además, nos dan un trato deferente en las oficinas de Seguridad Social (en la 32 Zona Militar hasta cafecito y galletas ofrecen) y se tiene la oportunidad de saludar a viejos compañeros o conocer a otros.

Con esto no quiero desacreditar la revista a través de la voz, pues es necesario para quienes no pueden acudir a pasarla físicamente. 

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