Estado Islámico: falacia legal

No todo lo islámico es sinónimo de maldad y de terror como apresuradamente occidente lo ha determinado.

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La guerra es una masacre entre gente que no se conoce, para provecho de gente que sí se conoce pero no se masacra.- Paul Ambroise Valéry

Es sabido por todos que el llamado Estado Islámico (EI) ha puesto en jaque la seguridad internacional. Para estar en posibilidad de determinar si el EI es sujeto de Derecho Internacional Público (DIP), es pertinente establecer diferencias entre los Movimientos de Liberación Nacional (MLN) y los grupos terroristas (GT).  

En el DIP, por un lado, están los sujetos típicos y, por el otro, los atípicos. Los primeros son aquellos que sin duda existen con la capacidad jurídica de comprometerse con sus pares en el escenario internacional de las naciones, son los Estados tradicionales como México, EU o Canadá.

Entre los segundos están los Estados especiales, como Puerto Rico que depende de EU o San Marino  que tiene vínculos jurídicos políticos con Italia. También entre los sujetos atípicos del DIP están los MLN, tales como la antigua Organización para la Liberación de Palestina (OLP) o las FARC en Colombia o más reciente en México el EZLN. Es claro, los GT no son sujetos del DIP.

Entonces nos cuestionamos: ¿cuál es la diferencia entre los MLN y los grupos terroristas? Son varias, entre las que destacan: los MLN son grupos originalmente clandestinos, sublevados que desconocen al gobierno central de su Estado y le declaran la guerra. En cambio los GT, no obstante tener cierta ideología política, utilizan el terror, la violencia y el anonimato como medios de acción contra la sociedad civil. En términos generales, se puede considerar que los MLN no atentan contra la sociedad civil, porque incluso tienen un ligero propósito  de ser apoyados por los ciudadanos en contra el gobierno que pretender derrocar.

La segunda diferencia es que el DIP no apoya la violencia de los grupos terroristas, sino el intento de construcción de un gobierno nuevo surgido “contra viento y marea” de los MLN.

Bajo estas premisas tenemos que concluir que desde el escenario del DIP el llamado EI que pretende establecerse, ni es Estado ni es MLN por lo que no es un sujeto de derechos y obligaciones internacionales, sino más bien se trata de un típico GT que a través de la violencia y el terror pretende hacer valer un supuesto argumento histórico y cultural en esa región del medio oriente.

En este sentido el propio DIP tiene mecanismos para acabar con este flagelo bélico del siglo actual.  Efectivamente, no todo lo islámico es sinónimo de maldad y de terror como apresuradamente occidente lo ha determinado, pero también no se vale querer ser reconocido por el DIP cuando en realidad se trata de un perfecto GT que pretende actuar con el traje de un sujeto internacional respaldado por el DIP que tanto ha aportado para evitar la guerra entre las naciones.

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