Implicaciones de traspaso

La Constancia sobre Implicaciones de Traspaso tiene por objeto asegurar el consentimiento informado del trabajador a las implicaciones de un traspaso a otra afore.

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A partir del dos de marzo, entrará en vigor la primera disposición emitida por la Consar a fines de 2014, en lo que se refiere a registros y  traspasos de cuentas individuales.

Al recibir la visita de un agente promotor, éste le solicitará algunos datos para hacer la llamada pre-validación de datos en la Base de Datos Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y verificar si sus datos y registros son correctos, si requiere hacer alguna corrección o tramitar el documento llamado Constancia sobre Implicaciones de Traspaso.

La Constancia sobre Implicaciones de Traspaso será necesario presentarla si usted ha hecho dos o más traspasos en un periodo de treinta y seis meses; si la suma de las Aportaciones Complementarias de Retiro y de Ahorro Solidario, efectuadas en los últimos doce meses es mayor de $1,402 pesos, o cuando el saldo acumulado en la subcuenta de RCV IMSS e Issste sea menor o igual que $280,400 pesos, o si es igual o mayor que el cero punto cinco por ciento del saldo acumulado en la subcuenta de RCV IMSS e Issste, según sea el caso, o cuando dicho saldo sea mayor que $280,400 pesos.

También será requerida si el saldo resultante de la suma de las subcuentas de Ahorro Voluntario es superior que $8,412 pesos, y si la cuenta individual está recertificada.

La recertificación es una nueva opción que tendrán las afore para conservar por un año más la cuenta individual de un trabajador, siempre que éste manifieste su voluntad para ello.

La Constancia sobre Implicaciones de Traspaso tiene por objeto asegurar el consentimiento informado del trabajador a las implicaciones de un traspaso a otra afore.

Toda constancia emitida por una afore tendrá una vigencia de treinta días naturales, a partir de la fecha de emisión, sin perjuicio de que los trabajadores puedan solicitar una nueva; mayores datos en http://miretiroypension.com/2015/01/cambios-recientes-en-el-sar/, luego ingresar a “2015 Consar Disposiciones Generales”, artículo 173 y subsecuentes.

La constancia contendrá un número de folio, datos de identificación del trabajador, y el o los supuestos por los cuales debe emitirse la misma.
Sepa usted que, en caso de que al solicitar la constancia en la afore, ésta se la niegue o dilate su entrega, o quieran traerlo en vueltas, puede reportar el hecho al teléfono 01 800 5000 747 y proporcionar el nombre de la persona que le atienda; aunque las afores podrán aplicarle el llamado Protocolo de Retención, exija la constancia con energía y no de explicaciones del motivo por el que la solicita; la afore está obligada a dársela en el momento (artículo 180 de la Circular Única Operativa). 

Para información adicional sobre este u otros temas, acuda a http://miretiroypension.com.

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