Lenguas a juicio

La decisión de los ministros es grave pues, en su contenido, niega el derecho de todos los mexicanos a recibir información, ser notificados y ser procesados en la lengua que mejor entienden y que es, sin duda, su lengua materna.

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Esta semana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de su segunda sala, negó el amparo que solicitaba César Cruz Benítez, dirigente de una organización de defensa de los derechos del pueblo hñähñu (otomí, para los conquistadores), a través del cual reclamaba su derecho a acceder plenamente a los servicios estatales de justicia en su propia lengua.

Es de destacarse que la demanda fue presentada por escrito justamente en hñähñu. El amparo fue negado en contra del proyecto presentado por el ministro ponente, Fernando Franco González Salas, al ser rechazado por una mayoría de tres votos. Ahora, el ministro Alberto Pérez Dayán está encargado de elaborar un nuevo proyecto de resolución negando el amparo, que será nuevamente votado por la sala.

La decisión de los ministros es grave pues, en su contenido, niega el derecho de todos los mexicanos a recibir información, ser notificados y ser procesados en la lengua que mejor entienden y que es, sin duda, su lengua materna.

En su forma, el fallo se opone a un conjunto de principios jurídicos establecidos en la Constitución, en los tratados internacionales y en la Ley Federal de Derechos Lingüísticos de los pueblos indios. Esta última establece que, no existiendo en México una lengua oficial, tanto el español como las lenguas indígenas tienen el mismo rango jurídico, el de “lenguas nacionales”, y por tanto asiste a sus hablantes un conjunto de derechos básicos idénticos, independientemente de la lengua nacional que hable. Éstos incluyen, destacadamente, el derecho a acceder a la justicia, en todos sus niveles y etapas, en la lengua nacional de la que cada quien sea hablante.

Será muy importante poner atención a los argumentos que esgrimirá el ministro Pérez Dayán para formalizar la negación de estos derechos a través de un fallo de la Corte.

En especial, será crucial valorar su alcance, pues se podría consumar una injusticia grotesca y arcaica, al pretender que se puede juzgar a alguien en una lengua que no entiende, y por tanto sin la posibilidad de comprender el proceso en el que se encuentra. Por otra parte, podría implicar echar para atrás en un tribunal lo que el Congreso de la Unión consagró como ley.

Importante momento para los derechos humanos y para la división de poderes.

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