Ley de derechos lingüísticos, 10 años

No se reconoce en el indio el mismo derecho humano que tiene el hispanohablante a usar su lengua en los espacios públicos.

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El 13 de marzo de 2003 fue decretada la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Tras casi dos siglos de vida independiente, el Estado mexicano reconocía con el mismo rango jurídico que el castellano a las lenguas que ya eran habladas en su territorio al momento de la invasión española.

En México no existe una lengua oficial, aunque el español se haya usado casi siempre en los asuntos públicos. Adicionalmente, la Constitución establece la igualdad jurídica de los mexicanos y proscribe la discriminación. Por tanto, la limitación del derecho al uso de la propia lengua está en contradicción con el orden constitucional mexicano.

La intención de la ley es la de establecer los derechos mínimos de los hablantes de lenguas indígenas para su uso. A una década de su aprobación, ha propiciado cambios institucionales relevantes y ha sido exitosamente utilizada por diversas ONG’s en la tarea de ampliar los espacios de uso y desarrollo de las lenguas indígenas.

Sin embargo, su principal disposición –otorgar a las lenguas indígenas y al español el mismo rango jurídico de “lenguas nacionales”– dista de tener plenos efectos prácticos.
El uso de lenguas indígenas es visto, en general, como la necesidad de un grupo vulnerable que no puede alcanzar el estado de normalidad: hablar español. De esta forma, en tanto no lo logren, deberán recibir auxilio en su problema. No se reconoce en el indio el mismo derecho humano que tiene el hispanohablante a usar su lengua en los espacios públicos.

Porque el reconocimiento de los derechos lingüísticos tiene como condición el reconocimiento de la igualdad humana de quienes hablan otras lenguas. Si se es incapaz de reconocer a los indios como personas idénticas en capacidades, valía y condición humana a cualquier otro ser humano, no es posible entender que tienen el mismo derecho a hablar su propia lengua.

La fórmula de convivencia de este siglo XXI no puede ser otra que la plena igualdad de derechos y obligaciones. En Yucatán, esta igualdad reclama transitar a un modelo de sociedad bilingüe, en donde el 30% de mayahablantes dispongan de los mismos derechos que el 70% de hispanohablantes, y en donde estos últimos deban comunicarse también en maya, con la misma obligatoriedad con que los mayas lo hacen ya en español.

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