Leyes secundarias tocan a la puerta

Como era de esperarse, el desconocimiento general del contenido de las mismas ha creado un “teléfono descompuesto”.

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A tres días de iniciar las actividades del nuevo ciclo escolar, mucho alboroto sigue causando entre el magisterio el contenido de las tres iniciativas de las leyes secundarias de educación que la Secretaría de Educación Pública (SEP) envió al Consejo Rector del Pacto por México desde  abril pasado, y que ahora toca el turno a los diputados analizarlas y aprobarlas durante el segundo período extraordinario de sesiones previsto del 21 al 23 del presente mes. 

Como era de esperarse, el desconocimiento general del contenido de las mismas ha creado un “teléfono descompuesto” que en vez de orientar e informar, sólo viene a infundir miedo y terror entre los docentes cuando de su permanencia en el servicio se trata. 

Las temidas normas son: la Ley General del Servicio Profesional Docente, la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación. En el anteproyecto de ley general del servicio profesional docente, con 70 artículos y 17 transitorios adicionales, destaca el tipo de nombramientos: inicial,  provisional, por tiempo fijo y  definitivo.

El ingreso al servicio docente en la Educación Básica y Media Superior se llevará a cabo mediante concursos de oposición. La promoción a cargos con funciones de dirección y de supervisión en la Educación Básica y Media Superior se llevará a cabo mediante concursos de oposición. Señala un nuevo programa de promociones en el servicio docente, directivo y de supervisión. 

Igualmente menciona estímulos económicos para quienes destaquen en su desempeño. 

En cuanto a la permanencia en el Servicio, se considera por lo menos una evaluación cada cuatro años. La insuficiencia del desempeño obligará a incorporarse a los programas de regularización; el maestro deberá ser evaluado en un plazo no mayor de 12 meses, de no aprobar, deberá ser evaluado nuevamente y si no alcanzara la suficiencia, será separado del servicio público. En la próxima colaboración analizaremos la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Quienes se interesen por el archivo electrónico completo escriban al correo [email protected] y con gusto se los envío. El que trabaja no debe temer al rendimiento de cuentas.

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