La UMA y su pensión

El importe de la multa equivaldrá a multiplicar el salario mínimo vigente por el número de días de la sanción; lo malo de esto es que, cada vez que aumenta el salario mínimo, aumenta el importe de las multas.

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La Unidad de Medida y Actualización (UMA) será, a partir de su entrada en vigor, el referente para más de dos mil pagos oficiales.  

¿Pero, qué es la UMA?

La UMA aplicará al pago de cuotas, aportaciones, impuestos, multas, créditos hipotecarios, etc., decretados por los tres niveles de gobierno, el IMSS e Infonavit, algunas dependencias públicas desconcentradas, entre ellas, la Consar, CNBV, CNSF, Condusef, Profeco, etc.

Si hoy día le imponen una multa o le corresponde el pago de algunos impuestos, cuotas o aportaciones, es muy probable que esa medida administrativa esté indexada al salario mínimo.

Por ejemplo, si un agente promotor e incluso una afore reciben una multa de la Consar, por un traspaso indebido, al ejecutivo le imponen una multa de 50 a 500 días de salario mínimo, y a la afore, el doble.

Así, el importe de la multa equivaldrá a multiplicar el salario mínimo vigente por el número de días de la sanción; lo malo de esto es que, cada vez que aumenta el salario mínimo, aumenta el importe de las multas.

¿Qué pasa con los créditos hipotecarios que están indexados (relacionados o ligados) al salario mínimo? 

Bueno, pues lo malo del cuento es que los créditos suscritos en veces el salario mínimo, al entrar en vigor la UMA, se seguirán pagando en la forma como fueron contratados. Lo anterior significa que la UMA se empezará a aplicar, una vez que esté vigente, en todo aquello que esté referenciado su cumplimiento al salario mínimo.

¿De dónde surge la UMA?

El uso de la UMA se origina en una propuesta de ley presentada en el año 2014 y que tanto la Cámara de Diputados como la Cámara de Senadores aprobaron en su oportunidad; al ser una reforma que afecta a la Constitución Política, debe de ser aprobada por al menos 17 congresos estatales, lo cual ya ocurrió y por ello aplicar la UMA sólo es cuestión de tiempo.

¿Cuándo entrará en vigor la UMA?

La UMA entrará en vigor tan pronto el Ejecutivo Federal lo firme y publique el Diario Oficial de la Federación.

¿Cuál es el valor de referencia de la UMA?

El valor de la UMA equivale a $70.10, valor que se actualizará mensualmente, lo que la convierte en una medida de doble filo, pues los cobros serán a valor presente, es decir, el valor UMA incorporará los efectos de la inflación (como ocurre con la UDI), pero ya no ligado al salario mínimo.

¿Y dónde quedó la referencia de valor del salario mínimo?

Muy buena pregunta; hasta donde se sabe, el salario mínimo tendrá una reapreciación mayor que el valor de la UMA, es decir, el salario mínimo empezará a subir de manera más amplia, con el fin de que recupere su poder adquisitivo; al menos así nos lo tienen dicho hasta el momento; pero, como dijo el invidente, “habrá que ver”.

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