Genera problemas de salud y contaminación quema de plásticos en Q.Roo

Los contaminantes orgánicos persistentes son precursores de enfermedades cancerígenas.

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Practicas como la quema de basura pueden ocasionar al ser humano graves enfermedades. (Enrique Mena/SIPSE)
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Enrique Mena/SIPSE
CHETUMAL, Q.Roo.- La práctica común de incinerar o quemar plásticos conocidos como polietileno teraftalato (PET) puede ocasionar enfermedades cancerígenas, debido a la ingesta por la vía respiratoria de contaminantes que emanan de dicho material, así como repercusiones sanitarias en los demás organismos a mediano y largo plazo.

Así mismo, se inunda la atmosfera de contaminantes orgánicos.

El doctor en Ecología y director del Colegio de la Frontera Sur (Ecosur) con sede en Chetumal, Héctor Hernández Arana, exhortó al programa de manejo de residuos sólidos y reciclaje permanente.

Por cultura, muchas personas realizan la quema de basura para limpiar sus patios; en Chetumal, las familias optan por una limpieza general de sus viviendas a través de esta práctica.

“El daño a la salud se traduce cuando hay una incineración de plásticos, práctica bastante común en nuestra región, debido a que al quemarlos hay una liberación de contaminantes calificados como persistentes, que incorporamos al cuerpo a través de la respiración”, dijo Hernández Arana.

De acuerdo con estudios del conocimiento del Ecosur, los contaminantes orgánicos persistentes son precursores de enfermedades cancerígenas.

“De una actividad ‘sin intención’, se le puede ocasionar al ser humano enfermedades de este tipo”, recalcó el director del Ecosur. 

Héctor Hernández Arana considera que la primera recomendación que hay que darle a la población es dejar de quemar plásticos, adoptar los programas de reciclaje y pensar bien la compra de productos con este tipo de materiales, es decir, tener como opción productos con materiales orgánicos y biodegradables.

De acuerdo con el Reglamento para la Prestación del Servicio de Limpia, Recolección y Tratamiento de la Basura en el Municipio de Othón P. Blanco, en su capítulo II, artículo nueve, queda prohibido: hacer fogatas, quemar llantas, poner hornillas y objetos de cualquier género, así como incinerar basura o residuos sólidos en la vía pública.

La persona que incurra en dicha acción será acreedora a una multa de entre cinco y 500 días de salario mínimo vigente o arresto hasta por 36 horas.

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