Un impulso más a la libertad de expresión e informacion

El pasado 15 de noviembre, la 1a sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentenció un juicio de amparo a favor de la organización Artículo 19.

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El pasado 15 de noviembre, la 1a sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentenció un juicio de amparo a favor de la organización Artículo 19 , que lo había promovido como afectada por una omisión del Congreso de la Unión para emitir una reglamentación prevista en la Constitución, relativa al gasto del gobierno en propaganda y publicidad.

El Congreso ha venido omitiendo legislar este importante reglamento, derivado de la reforma político-electoral de 2014, cuando se reformaron, derogaron y adicionaron 29 artículos de la Carta Magna. La Corte no sólo dio la razón a la organización promovente, sino también un plazo al Congreso de la Unión hasta el 30 de abril de 2018 para legislar esta normativa faltante.

Artículo 19 se auto define como “una organización independiente y apartidista que promueve y defiende el avance progresivo de los derechos de la libertad de expresión y acceso a la información de todas las personas”.

Ya había presentado esta demanda de amparo ante un Juez de Distrito, quien decidió no entrar al estudio del caso al estimar que “se trataba de un asunto sobre materia electoral, y porque de ordenarse legislar, se beneficiaría a todos los ciudadanos, lo que resultaría contrario al principio de relatividad, por el que las sentencias de amparo sólo deben beneficiar a quien promovió el juicio”. La promovente combatió la sentencia y la 1a Sala atrajo el asunto.

Esta decisión es particularmente importante para toda la sociedad porque deja sentado que el amparo es un mecanismo al que puede acudir cualquier ciudadano para hacer que un Poder como lo es el Legislativo federal, cumpla lo previsto en nuestra Constitución.

El Poder Legislativo no es libre para decidir no legislar, puede ser obligado a ello por los tribunales de amparo, expuso. Además, como argumentó Artículo 19, sin una reglamentación para el gasto en publicidad oficial “se viola la libertad de expresión, de prensa y de información, ya que este derecho requiere de medios de comunicación libres”.

Agregó el ministro Zaldívar, ponente para el caso, “la ausencia de regulación en publicidad oficial propicia un ejercicio arbitrario del presupuesto en comunicación social, con lo que se restringe indirectamente la libertad de expresión”.

Para tener una idea de lo que esta reglamentación involucra, basta señalar que, según la asociación Fundar, en 2015, el gasto federal en publicidad oficial ascendió a más de 9 mil 619 millones de pesos “248 veces mayor que el operado en Derechos Humanos el mismo año”.

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