Trámites para una licencia de construcción

Se verifica que la zona y el predio sean compatibles y que cumpla cuestiones sencillas del Reglamento de Construcción.

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Cuando todo está en regla, el ciudadano paga su derecho y se entrega el permiso en 24 horas. (Milenio Novedades)
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Milenio Novedades
MÉRIDA, Yucatán.- Construir es un término ligado con prosperar y crecer, especialmente cuando se trata de viviendas, pero este paso, antes de darlo, requiere una serie de requisitos y consideraciones que el ciudadano debe cumplir sin afectar a terceros.

¿CÓMO LE HAGO? acudió a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano para hablar con su titular, Federico Sauri Molina, quien aporta a esta edición consejos útiles para considerar, antes de iniciar un proyecto de construcción.

El funcionario destacó que la dependencia cuenta con su sitio de internet (www.merida.gob.mx/desarrollourbano) en el que se ofrece la oportunidad de tramitar y dar seguimiento en línea a las solicitudes de Factibilidad de uso de suelo, Licencias para construcción de casa habitación y otros servicios propios de la dirección, para que a su término acuda a la Ventanilla Única de su preferencia a recoger el documento tramitado. 

Consideraciones
  • Se aconseja iniciar el contacto y la asesoría hasta con dos meses de anticipación.

¿Qué es la licencia de construcción? 

Es el documento por el cual se autoriza a los propietarios construir, ampliar, modificar, reparar, desmantelar o demoler instalaciones, con un rango mayor a 45 m2, cualquier superficie en planta alta y bardas con una altura mayor de 2.50 metros, en los predios o inmuebles para uso de casa habitación. 

¿Cuál es su utilidad? 

Este permiso evita sanciones por realizar obras sin previa autorización de la Dirección de Desarrollo Urbano.

Requisitos

  1. Copia del testimonio de la escritura de propiedad del predio o inmueble, o impresión de la imagen del asiento de la inscripción vigente obtenida de la página de internet del Registro Público de la Propiedad o documento que compruebe la posesión. La copia del testimonio de la escritura de propiedad se presentara en caso de existir discrepancia entre lo informado y lo verificado en el Registro Público de la Propiedad o si en éste figura un aviso preventivo de compraventa o la inscripción vigente emitida por el Registro Público de la Propiedad.
  2. Estar al corriente en pago del impuesto predial.
  3. Copia de la Licencia de Funcionamiento si existe algún comercio en el predio.
  4. En caso de remodelación y/o ampliación presentar dos planos de la vivienda en tamaño carta o doble carta, según se requiera por la magnitud del proyecto, con medidas, escalas y superficies de trabajos a realizar con firma de un Peritos en Construcción Municipal (PCM), con sembrado en el lote donde se señale la obra existente y lo nuevo, indicando claramente la construcción o ampliación a realizar.
  5. En caso de Vivienda Unifamiliar de nueva creación, se presentarán dos copias del plano a tinta o impreso de la vivienda, en tamaño carta, doble carta o 90 por 60 cm, según se requiera por la magnitud de proyecto, con medidas, escalas y superficies de trabajos a realizar con firma de un PCM.
  6. En caso de no ser el dueño, constancia por escrito del propietario, con copia de identificación oficial, manifestando su consentimiento y autorización de los trabajos a realizar.
  7. En caso de no ser el dueño, constancia por escrito del propietario, con copia de identificación oficial, manifestando su consentimiento y autorización de los trabajos a realizar.
Descripción de procedimiento
  1. Presentarse a la Ventanilla Única con documentación completa.
  2. La documentación será revisada por el Departamento de Licencias de la Dirección de Desarrollo Urbano y en caso de que el proyecto sea aprobado, procede a pagar en la caja.
  3. En caso de no haber sido aprobado se notificarán las modificaciones que sean necesarias.
  4. Acudir por su licencia a las 24 horas de haber efectuado el pago o el día hábil siguiente.
Importante
  • Tiempo de respuesta: Hasta 24 horas o el día hábil siguiente a la recepción de la solicitud.
  • Vigencia: 24 meses

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