Grave daño de empresas fantasma a comercios

Al hacer transacciones de este tipo se corre el riesgo de que el SAT difiera la devolución del IVA con saldo a favor de hasta 1 mdp.

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Salvatore Cascio Traconis, titular del Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, declaró que es necesario levantar un censo en Yucatán sobre proveedores fantasmas. (Milenio Novedades)
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Candelario Robles/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yuc.- El Colegio de Contadores Públicos de Yucatán  (CCPY) advirtió este jueves que en Yucatán se han identificado “proveedores fantasmas”, ante lo cual pidió al empresariado local que evite transacciones con esas empresas o, de lo contrario, corren el riesgo de que el Servicio de Administración Tributaria les difiera la devolución del Impuesto al Valor Agregado con saldo a favor de hasta un millón de pesos.

El presidente del CCPY,  Salvatore Cascio Traconis, adelantó que es necesario levantar un censo local de esos proveedores “fantasmas”, los cuales no tienen una dirección física, carecen de inmobiliario, personal y vehículos pero facturan cantidades elevadas, para evitar problemas con el Servicio de Administración Tributaria.

“Cualquier relación con este tipo de proveedores viola el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, y afecta de manera directa el proceso de devolución del IVA con saldo a favor”, recalcó.

El directivo explicó que para la autoridad fiscal las empresas “fantasmas” son aquellas han estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, se encuentren no localizados.

Indicó que con estos supuestos el Sistema de Administración Tributaría (SAT), presume la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes y, por ende, dejará sin efecto la devolución de lo reclamado.

“Si se reclama la devolución de 100 mil pesos de IVA a favor, y el SAT detecta que hay proveedores que están en la lista de contribuyentes incumplidos (empresas fantasmas), entonces frenan el reintegro del total  y sólo entregarán lo reclamado por facturas válidas, es decir, si del total hay facturas marcadas por 70 mil pesos solo se les podrá restituir 30 mil pesos”, detalló.

Cascio Traconis explicó que las empresas que no tengan esta problemática podrán recibir sus devoluciones en los cinco días hábiles después a presentar su solicitud, aunque de no llegar la confirmación en este periodo de tiempo no se debe entender como negada.

“Las devoluciones que se autoricen en los términos de la presente regla, previo análisis a través de un modelo automatizado de riesgos, se depositarán a los contribuyentes dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en el que presentó la declaración mensual del IVA que corresponda por el periodo de que se trate. Si la devolución no se deposita en este plazo, no se entenderá negada, por lo que la misma podrá solicitarse a partir del sexto día por Internet a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED) correspondiente”, manifestó.

Los beneficiarios y las condiciones

Por su parte, el contador público certificado, Joel Ceferino Medina Alvarado, recordó que para efectos del artículo 22 del Código Fiscal de la Federación y artículo seis de la ley del IVA, las personas físicas y morales que presenten su declaración del IVA a través del servicio de declaraciones y pagos en el formato electrónico correspondiente, podrán obtener la devolución de las cantidades a favor en un plazo máximo de cinco días, siempre que en la declaración se señale la opción de devolución de las cantidades no excedan de un millón de pesos.

“Esta facilidad no aplicará para los contribuyentes que no tengan firmado el acceso al buzón tributario a través del portal del SAT, el cual se utilizará para darle seguimiento al trámite de que se trate; asimismo a quien no haya enviado al SAT la información relacionada con la contabilidad electrónica por el periodo al que corresponda la devolución”, mencionó.

Recordó que durante este año el SAT, tiene programado realizar 35 mil auditorías a pequeñas y medianas empresas durante el segundo semestre de este año, lo cual equivale a 10 mil auditorías más con relación al 2015.

Claves

  • Proveedores fantasmas retrasan el pago de las devoluciones del IVA a favor a empresarios yucatecos.
  • Este año el SAT, tiene programado realizar 35 mil auditorías a pequeñas y medianas empresas durante el segundo semestre del año.

Contexto

  • Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación: Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá lainexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes. 

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