Trae 2016 el cobro de impuestos a tienditas

Más de 70 mil contribuyentes afiliados al RIF en Yucatán cubrirán gravámenes; sanciones por incumplimiento.

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Desde el 1 de enero de 2016 tienditas tendrá que pagar a Hacienda. (SIPSE)
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Candelario Robles/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yuc.- A partir de este viernes 1 de enero, los más de 70 mil contribuyentes afiliados al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en Yucatán deberán iniciar con sus pagos de impuestos del primer año de sus actividades comerciales, recordó la contadora pública certificada Laura Cervera Urteaga.   

El padrón de contribuyentes del RIF a nivel nacional es de 4.3 millones, de los cuales en la entidad hay 70 mil adscritos al Régimen de Incorporación Fiscal, que tendrán el 31 de enero como plazo para la declaración bimestral.

La especialista explicó que los contribuyentes que no cumplan en dos ocasiones consecutivas podrían ser transferidos al régimen general, perdiendo los beneficios que les ofrece el RIF.

“Todos los contribuyentes deben presentar su declaración, aunque no hayan tenido ingresos”, apuntó.

Cervera precisó que al no rebasar ingresos anuales de hasta 100 mil pesos por ventas directas al público -durante su primer año de ejercicio fiscal-, quedan exentos del pago de los impuestos Sobre la Renta (ISR), al Valor Agregado (IVA) y el Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), “pero todos deben presentar la información”.

“En caso de no cumplir esa obligación dos veces de manera consecutiva o en cinco ocasiones durante seis años, serán transferidos al Régimen de Actividad Empresarial Profesional, lo cual significa que el contribuyente tendría que pagar como las grandes empresas, además de perder el beneficio de la Seguridad Social, que es el aspecto más relevante dentro de la formalidad”, recordó.

La expresidenta del Colegio de Contadores de Públicos mencionó que estas medidas son resultado del decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el RIF, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2014.

El pago de IVA y EPS degradados son dos beneficios que se suman al descuento del Impuesto Sobre la Renta. De tal manera que este 2015 los negocios no pagan ISR, IVA ni IEPS, pero en 2016 tendrán sólo un descuento del 90 por ciento, el cual bajará sucesivamente hasta que en 2024 sólo sea del 10 por ciento.

“Que los impuestos se paguen de manera gradual no exime a los contribuyentes de cumplir con las demás obligaciones del RIF, como presentar su declaración bimestral a través del sistema Mis Cuentas de la página del Servicio de Administración Tributaria”, apuntó.

La especialista recordó que el nuevo esquema del SAT ofrece un cálculo simplificado del IVA y del IEPS con base en dos datos: el monto de ingresos bimestral y el sector al que pertenecen, con lo que la entidad calculará los impuestos a pagar y después aplicará el descuento. 

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