Licencias de conducir gratis a amas de casa y estudiantes
Los desempleados, jubilados y pensionados también podrán tramitar su licencia sin costo alguno.
Iván Duarte/SIPSE
MÉRIDA, Yuc.- El Gobierno del Estado publicó ayer su Decreto 143, mediante el cual exime del pago total de licencias de conducir, con vigencia de dos años, a amas de casa que no perciban una remuneración económica fija por el trabajo que realizan y que carezcan de otra fuente de ingresos, y a estudiantes becados de escuelas públicas o privadas.
Ese beneficio también incluye a desempleados que vivan en el Estado y requieran licencia de conducir para incorporarse al trabajo remunerado.
Además, se exime de la mitad del costo de las licencias a las personas que acrediten ser trabajadores en activo, asalariados o no asalariados, jubilados y pensionados, que perciban en promedio diario hasta el equivalente a cuatro veces y media el salario mínimo general vigente en Yucatán.
Las personas interesadas en acceder a esos beneficios establecidos en los artículos 3 y 4 de este decreto deberán presentar en los módulos de la Secretaría de Seguridad Pública: en el caso de los trabajadores en activo asalariados, su constancia de inscripción al sistema de seguridad social al que pertenecen y el último recibo de nómina o, en su caso, la constancia de ingresos expedida por el patrón.
Los trabajadores en activo no asalariados deben presentar una constancia expedida por la agrupación sindical o cooperativa legalmente constituida a la que pertenezcan, mediante la cual se informe en forma detallada el trabajo que realizan y su ingreso promedio.
Los jubilados y pensionados deben presentar el documento que acredite su calidad de trabajador jubilado o pensionado y el último recibo de pago.
Las amas de casa deben presentarse con la constancia que acredite su oficio, expedida por la Unidad de Gestión y Orientación de la Jefatura del Despacho del Gobernador o por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán (DIF-Yucatán).
Los estudiantes deben contar con la constancia de inscripción vigente expedida por la dirección de la escuela de que se trate y el documento mediante el cual acrediten ser beneficiarios de una beca.
Los desempleados deben tramitar una constancia del Servicio Nacional de Empleo que acredite su calidad de desempleado y el escrito firmado por la persona física o moral contratante en el que requiera la licencia de conducir para incorporar al solicitante al trabajo remunerado.
El otro punto del Decreto 143 ofrece descuentos de 50 y hasta 100 por ciento al realizar el cambio de propietario.
Se busca de esta forma que el Estado tenga mayor control en el trámite que de entrada suele traer conflicto al vendedor de un automóvil usado, toda vez que no se realiza el cambio de propietario y continúa siendo el vendedor quien responde por altercados con el automotor.