Aún no sabe la DTEY cuántos vehículos darán servicio vía app

Primero se tiene que publicar la reforma y establecerse los reglamentos, manifestó Humberto Hevia

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La DTEY determinará el número de unidades que darán servicio vía plataforma tecnológica una vez que se haya publicado la reforma a la ley y establecido los reglamentos. (Milenio Novedades)
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Israel Cárdenas/Milenio Novedads
MÉRIDA, Yuc.- El director de Transporte del Gobierno del Estado, Humberto Hevia Jiménez, declaró ayer que la definición sobre el número de unidades que autorizarán para que otorguen de servicio transporte público a través de plataformas tecnológicas será luego de que se publique la reforma y se establezcan los reglamentos.

El pasado martes el Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Transporte del Estado en materia de servicio de transporte público contratado a través de plataformas tecnológicas, que establece, entre otras cosas, que las empresas que otorguen servicio de transporte público en la materia deberán tener autos valuados en más de 200 mil pesos y solo podrán ser conducidos por el propietario, en tanto que la Dirección de Transporte estatal determinará el número de vehículos que podrán operar según las necesidades de dicho servicio.

Al respecto, ayer el director de Transporte, Humberto Hevia dijo que “celebramos que exista este marco legal que le va a dar certeza a estas empresas de plataformas tecnológicas para poder brindar un servicio reglamentado y que los usuarios de estas nuevas modalidades tengan seguridad dentro del marco legal tanto para las personas que lo utilizan como para los que lo otorgan”.

Respecto del procedimiento para que la citada dependencia determine el número de unidades que autorizarán para que otorguen servicio de transporte a través de plataformas tecnológicas, el funcionario estatal manifestó que “yo creo que no es momento para decir cómo se estaría aplicando este número, ya que falta un proceso de reglamentación y otras cosas que habría que esperar. Estamos en espera del proceso que será normal cuando se aplica una ley”.

Con base en el dictamen aprobado por los legisladores la reforma en cuestión entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el Diario Oficial del Gobierno del Estado.

Otras disposiciones establecidas en las modificaciones aprobadas indican que las empresas de redes de transporte tendrán la obligación de proporcionar mensualmente a la Dirección de Transporte el registro de operadores y vehículos inscritos en sus bases de datos, así como cualquier otra información disponible que le solicite por motivos de seguridad o de control fiscal.

Asimismo que los cobros por la prestación del servicio de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas, serán exclusivamente, mediante el pago por tarjeta de crédito o débito emitida por institución bancaria autorizada.
 
La reciente reforma a la Ley de Transporte estatal establece que el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas solo podrá ser prestado por quienes cuenten con certificado vehicular, expedido por la Dirección de Transporte, previo cumplimiento del procedimiento establecido en el reglamento de la citada normatividad.

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