¡Atención!, se agota el tiempo para presentar declaración fiscal

Las personas físicas que obtuvieron durante 2015 ingresos por más de 400 mil pesos deberán realizarla, considerando premios, préstamos o herencias.

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La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) está atenta al respeto de los derechos de los contribuyentes, sobre todo en este mes que vence el plazo de la declaración anual, que corresponde a las personas físicas. (Milenio Novedades)
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Ana Hernández/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yucatán.- El tiempo apremia, y las personas físicas que obtuvieron durante 2015 ingresos por más de 400 mil pesos deben presentar su declaración fiscal, considerando premios, préstamos o herencias que hayan recibido que los hagan exceder ese monto, señaló el delegado de la Prodecon en Yucatán, Marco Ponce Hernández. 

Indicó que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) está atenta al respeto de los derechos de los contribuyentes, sobre todo en este mes que vence el plazo de la declaración anual, que corresponde a las personas físicas que se encuentren en cuatro supuestos, entre ellos tener ingresos por más de 400 mil pesos y si dejaron de prestar sus servicios hasta antes del 31 de diciembre de 2015.

También si tienen dos o más patrones, pues aunque ellos retienen el Impuesto Sobre la Renta, los contribuyentes deben reportar sus ingresos; y por último, cuando tienen ingresos por concepto de sueldos y salarios, pero además hay otras entradas por arrendamiento, por alguna actividad empresarial o por servicios profesionales.

El funcionario federal enfatizó que el ciudadano debe declarar sobre ingresos que causen impuesto, son declaraciones informativas, más que de pago de impuestos, como premios, préstamos o donativos, herencias o enajenación de una casa habitación y conceptos como los viáticos.

Ponce Hernández pidió a los contribuyentes estar atentos a los procedimientos que realizan con la ayuda de un “tercero”, porque han detectado casos en los que cuando resulta un saldo a favor, éste coloca una cuenta bancaria diferente, por lo cual el interesado no recibe la bonificación que le corresponde. 

Extienden límite

El 30 de abril es la fecha límite para presentar la declaración anual, pero como es día inhábil, ya que es sábado, el plazo se extenderá hasta al lunes 2 de mayo.

Deducibles

Las personas físicas pueden deducir en el pago de sus impuestos los gastos médicos, de intereses reales de créditos hipotecarios, colegiaturas y funerarios, así como los pagos de algunos seguros de gastos médicos mayores, así como otros conceptos que van acorde a la actividad, como servicios profesionales y actividades empresariales.

Los gastos que resultaron indispensables se pueden incorporar a las deducciones.

Para hacer las declaraciones anuales hay dos opciones, una es en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), donde existe una opción de prellenado, plataforma donde se debe subir todo lo que declararon los patrones, como ingresos y todos los proveedores que hayan prestados servicios médicos, entre otros datos, pero también puede hacer el ingreso manual.

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