Ningún profesional se quejó por los sueldos mínimos en 2014

Los patrones están obligados a cumplir el pago de este tipo de sueldo de lo contrario se les multará con 50 a 250 salarios mínimos.

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Los salarios mínimos profesionales son aquellos que definen ciertas ramas específicas de la actividad laboral, de acuerdo con habilidades del trabajador en coordinación con las áreas del sector productivo. Imagen de un obrero en una construcción en Mérida. (Milenio Novedades)
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Wendy Montalvo/SIPSE
MÉRIDA, Yucatán.- El año pasado ningún trabajador yucateco presentó queja alguna por la falta de pago en cuanto al salario mínimo profesional.

Los patrones están obligados a cumplir con este tipo de sueldo y, en caso de no hacerlo, se harán acreedores a una multa que va de 50 a 250 salarios mínimos, informó Ricardo Béjar Herrera, delegado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en Yucatán (STPS).

Explicó que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) incluye en la lista 59 actividades, que van desde oficial de albañil, cajero de máquina registradora y chofer acomodador de automóviles en estacionamiento, hasta oficial gasolinero y oficial hojalatero en la reparación de automóviles y camiones.

En la tabla de la Conasami, el trabajador profesional que menos gana es el manejador en granja avícola, con 83.05 pesos diarios. El de mayor ingreso en la tabla es el reportero en prensa impresa y reportero gráfico en prensa diaria impresa con 198.80 pesos diarios.

El funcionario explicó que los salarios mínimos profesionales son aquellos que definen ciertas ramas específicas de la actividad laboral, de acuerdo con habilidades del trabajador en coordinación con las áreas del sector productivo.

Con base en estas competencias, la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) define el pago a los trabajadores, de acuerdo con las tareas y áreas específicas de labor, lo mismo que el porcentaje de aumentos que se dan anualmente.

Resaltan la importancia de la capacitación para el empleado y que esté en una empresa segura

Béjar Herrera recordó que a la delegación de la STPS le corresponde vigilar, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el cumplimiento de las condiciones generales de la actividad laboral, y en el Estado la supervisión corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

La dependencia federal supervisa el cumplimiento y la aplicación de los pagos al empleado.

“En el aspecto profesional se usan los pagos quincenales, de acuerdo con el giro o actividad, vigilamos que se hagan en tiempo y forma. También en cuanto a las prestaciones y los derechos de los trabajadores, como vacaciones, aguinaldo, utilidades y todo lo que corresponde a las condiciones generales de trabajo”, detalló.

Parte importante también son los procesos de capacitación para el empleado y que esté en una empresa segura, que cumpla con las normas de seguridad y salud en el trabajo para sus actividades.

Béjar Herrera subraya que el patrón está obligado a pagar este tipo de sueldo a los empleados, o se hace acreedor a una sanción.

“El profesional también tiene derecho de acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para solicitar estos recursos, que deben incluir también el tiempo que no se ha aplicado este pago”, señaló.

Además, Béjar Herrera agregó que el pago del salario mínimo profesional no debe ser motivo de descuentos, únicamente en el caso del pago de pensión alimenticia.

El rompimiento
  • Los empleados yucatecos acuden a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) cuando hay un rompimiento en la relación laboral y éste reclama el pago de horas extras, no se le liquida en tiempo y forma, o por despido injustificado, dijo Ricardo Béjar Herrera, delegado de la dependencia en Yucatán.

El aumento de 2015

En lo relativo al sueldo de los profesionales, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) acordó que éstos aumenten en la misma proporción en que lo hicieron los mínimos generales para las dos áreas geográficas establecidas en el país, conservando para cada profesión, oficio o trabajo especial el mismo porcentaje de percepción por arriba del mínimo general, que fue determinado en función del grado de calificación requerido para desempeñarlo.

Enrique Castillo Ruz, secretario del Trabajo y Previsión Social en Yucatán, dice que es obligación del patrón pagar estos sueldos, con sus respectivos aumentos en el mismo porcentaje en que suban el salario mínimo, de acuerdo con lo que establece el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

En días pasados, la STyPS dio a conocer que en marzo próximo disminuirá la brecha salarial entre la zona geográfica A y B, lo que se traducirá en un aumento de alrededor de 2.6 por ciento al salario mínimo de la zona geográfica B y en consecuencia un aumento también para los salarios mínimos profesionales, cuyo crecimiento se dará en esa misma proporción.
 

Productividad, balanza en pago de salarios mínimos

Por otro lado, "para que el salario mínimo profesional pueda ser medido y se pague adecuadamente debe estar ligado a la productividad, aspecto en el que en Yucatán falta mucho por hacer", señaló Mario Can Marín, presidente local de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra).

Can Marín dijo que en la industria yucateca sí se pagan los salarios mínimos profesionales, “y hasta mucho más. Estamos por encima de eso, pero debe estar relacionado con la productividad. Por eso junto con el Gobierno y la cámara debemos trabajar y fomentar que las empresas sean productivas y competitivas”, subrayó.

El líder de la Canacintra en Yucatán aseguró que, de haber mayor productividad en las empresas, éstas pagarían mejores salarios mínimos profesionales.

“Sí se aplican, principalmente en las industrias grandes, que tienen una capacidad instalada grande de maquinaria especializada. Ahí se paga mucho más; en ocasiones la empresas requieren gente de fuera para que manejen esos equipos”, agregó.

En cuanto a la informalidad, Can Marín consideró que no sólo afecta al salario mínimo profesional, sino a la economía en general. “El hecho de que nuestras industrias compitan con las que están en la informalidad, nos deja en desventaja”, agregó.

El presidente de la Canacintra subrayó que el tema de la informalidad daña a las empresas yucatecas que cumplen con sus obligaciones, “es un tema que afecta a la industria en general, pero sobre todo es una competencia desleal”.

Sobre si el tema del outsoucing afecta en el pago de los salarios mínimos profesionales, el entrevistado consideró que no es así, pues las empresas subcontratan empleados para cuestiones administrativas, de vigilancia o de limpieza.

“Se subcontratan los servicios que llaman periféricos, pero este tema no ha afectado a la industria yucateca”, manifestó.
Can Marín recordó que el salario mínimo se ha usado siempre como un indicador, y con base en éste se definen sanciones y otros factores.

“Tenemos ejemplos de que en ocasiones las multas que se calculan con base en el salario mínimo son más grandes que el capital de la empresa en sí misma”, aseguró.

Por último, dijo que el tema de las multas o sanciones hay que reglamentarlas, “y tener un poco de criterio para su aplicación”. 

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