El ordenamiento ecológico
Columna de Ramón Pérez: El ordenamiento ecológico
El ordenamiento ecológico es el Instrumento de Política Ambiental cuyo objetivo es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos.
En pocas palabras, es un instrumento que permite decidir que sí se puede construir y que no, dando prioridad al respeto y cuidado de nuestros ecosistemas y no a los intereses de particulares. Existen básicamente dos tipos de ordenamiento de orden federal; los Ordenamientos Ecológicos Generales del Territorio y Marinos que son competencia de la federación, a través de la Semarnat con la participación de otras dependencias de la Administración Pública Federal con el apoyo y asesoría de la academia y centros de investigación reconocidos.
El Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018 contienen diversas líneas de acción relacionadas con el ordenamiento ecológico y mares y costas de México, entre las que destaca el impulso de una política en mares y costas que promueva oportunidades económicas, fomente la competitividad, la coordinación y enfrente los efectos del cambio climático protegiendo los bienes y servicios ambientales.
En Yucatán contamos con ordenamientos estatales tales como el Programa de Ordenamiento Ecológico y Territorial del Estado de Yucatán (Poety) y el Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio Costero del Estado de Yucatán (Poectcy).
Recientemente el Poety se encuentra en proceso de revisión y evaluación para una próxima actualización del mismo. Como resultado de los Programas de Ordenamiento Ecológico y Territorial del Estado y el Regional Costero, se genera la Bitácora Ambiental, que es el registro de los avances del proceso de ordenamiento ecológico.
La bitácora ambiental tiene entre otros objetivos, el proporcionar e integrar información actualizada sobre el proceso de ordenamiento ecológico. Es un instrumento para la evaluación del cumplimiento de los acuerdos asumidos en el proceso de ordenamiento ecológico, evalúa el cumplimiento y la efectividad de los lineamientos y estrategias ecológicas.
Estos ordenamientos están “sectorizados” por Unidades de Gestión Ambiental (UGA) cuya función es mantener y mejorar las condiciones de la vegetación presente en el sitio, además de limitar los cambios de uso de suelo que puedan afectar el potencial de recarga y calidad del acuífero, para ser considerado en un futuro como zona potencial para el aprovechamiento del agua para consumo humano. Hasta aquí la primera parte de este vital tema para todos, nos leemos la próxima semana.