"Hacia una más justa recaudación fiscal"
Una de las posturas de las cámaras empresariales más antiguas es que se paguen gravámenes al cobrar no al facturar.
Una de las posturas de las cámaras empresariales más antiguas es que se paguen gravámenes al cobrar no al facturar; esta posibilidad existe para personas físicas, pero no para las empresas en general y es una grave injusticia fiscal, ya que rompe el principio de capacidad contributiva que toda ley impositiva debe tener.
Hace poco más de 10 años, las empresas pagaban impuesto sobre la renta descontando sus gastos a sus ingresos; es decir, sobre su situación financiera real, pero eso cambió, ya que ahora pagas sobre cómo te fue el año pasado, con un factor resultado de dividir la utilidad anterior entre las ventas de ese ejercicio. Ese factor lo multiplicas por las ventas de cada mes y así haces tus pagos provisionales mensuales, lo cual provoca graves injusticias que enumero:
a) La primera y más grave: no puedes pagar impuestos cuando no has cobrado; pagar impuestos sobre lo facturado rompe el equilibrio financiero de cualquier empresa y puede ser fatal para generar una frágil liquidez en los negocios.
b) Si el año pasado te fue bien y éste tienes pérdidas mensuales, debes de pagar impuestos, ya que los pagos provisionales se hacen sobre las ventas por el factor del año pasado, pero si vendes a crédito se afecta doblemente a tu empresa, porque no sólo tiene pérdidas financieras, sino que debe pagar ISR sin que lo haya cobrado.
c) Si estás en el supuesto de que tienes pérdidas mensuales y pagas con el factor del año pasado en que tuviste utilidades y al calcular el resultado final de tu empresa lograste una pequeña utilidad, pero pagaste muchos impuestos por el factor del año pasado, el resultado a tu favor de impuestos por ISR no te lo devuelven, como el IVA, sino que lo puedes utilizar para futuras utilidades de la empresa.
Al final de 2016 hicieron un cambio en la ley, ahora pueden pagar ISR empresas con lo efectivamente cobrado, sólo que no hayan facturado más de 5 millones de pesos y que cualquier socio no lo sea de otra empresa; así sacaron de la injusticia fiscal a las minipymes.
Se rumora que los cambios en cdfi 3.3 provocarán la reforma para que las empresas paguen impuestos de acuerdo con la realidad y no que paguen ISR con dinero que no se tiene.