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La Ley de Transporte del Estado de Yucatán confiere al gobierno local la rectoría del transporte, tanto público como privado, así como la reglamentación de los servicios en la materia que se prestan en nuestro territorio. De hecho, el citado ordenamiento otorga al gobernador la facultad de “implementar los mecanismos necesarios para regular, asignar, modificar o restringir rutas y, en su caso, reubicar sitios o terminales”. Lo anterior, aunado a las demás facultades que la citada norma y su reglamento delegan en el Poder Ejecutivo, da a éste y a su Dirección de Transporte el control y por consiguiente toda la responsabilidad del transporte público en Yucatán.

Pero quizás esta ley esté extralimitando sus funciones. Ya vimos en la columna pasada que a algunos congresos locales les da por legislar más allá de sus atribuciones o, en algunos casos, aprovechando ambigüedades y claroscuros de la norma federal. Por ejemplo, la Carta Magna establece en su artículo 115 las facultades del municipio –órgano principal y eje del Federalismo en el espíritu constitucionalista-, entre las que destaca aprobar la reglamentación necesaria para garantizar los servicios públicos que tiene a su cargo. Y si bien en los servicios establecidos como facultad del municipio no figura el transporte público de pasajeros, de lo que quizá se ancla la legislatura local para otorgarle el control de este servicio al gobierno estatal, sí la fracción V, del 115 constitucional, faculta al municipio para “intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquéllos afecten su ámbito territorial”.

Es por ello que, a juicio del autor de estas líneas, el Congreso local quizá se aprovechó de un terreno pantanoso en la ley para legislar en materia de transporte público.

Hasta el Cabildo de César Bojórquez, esta facultad era “delegada” a la autoridad municipal por el gobierno del Estado, pero pretextando incapacidad de la Comuna se renunció a ella. Es cierto que la Constitución establece la posibilidad de que gobiernos estatales y municipales convengan para que éstos deleguen en aquéllos los servicios públicos que no tengan capacidad de prestar adecuadamente a la población y viceversa, pero siguiendo la lógica del Plan de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Mérida y las promesas de campaña de los actuales alcalde y gobernador, lo conducente sería facultar al Cabildo de la capital para regular su propio transporte público, que además necesita, no una reforma, sino un cambio de paradigma en el que un nuevo sistema de transporte satisfaga las necesidades de nuestra creciente ciudad –un transporte más digno, profesional, sustentable, con rutas nuevas y descentralizadas, enfocado en la movilidad de todos los estratos sociales y favoreciendo a la ciudadanía-. La forma de hacerlo es cambiando la Ley de Transporte y para ello se necesita voluntad política. ¿La tienen el gobernador, el alcalde y el Congreso o las mejoras al sistema de transporte se quedarán en meras promesas?

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