Omisión o anuencia
El poder de la pluma
El derecho distingue perfectamente entre lo privado y lo público, entre lo que compete a la sociedad y lo que pertenece a la esfera individual de cada persona. También pone límites a la autoridad y le confiere facultades y obligaciones, siempre en aras de mantener funcionando la maquinaria del Estado. Por eso si bien el Estado debe respetar ciertos espacios individuales, puede intervenir y hasta traspasar esos espacios, siempre que el objetivo sea proteger otro derecho y se actúe con apego a la Ley.
Quienes tienen que cuidar que esta relación se mantenga en equilibrio y que los principios, derechos y obligaciones que contiene la Constitución se cumplan son las autoridades del Estado Mexicano en todos sus niveles. De hecho, la naturaleza y la justificación de la existencia de la autoridad misma recaen en esta función. Cuando por una u otra razón la autoridad omite realizar las funciones que le fueron encomendadas por una norma determinada, se crea un desequilibrio social que lleva inevitablemente, de forma directa o indirecta, al menoscabo de los derechos de las personas.
Hace unos días me plantearon una situación que -a juzgar porque me han comentado la misma problemática en otras ocasiones- parece llevar bastante tiempo sucediendo en la capital yucateca, quizás no con la anuencia de las autoridades, pero sí a causa de la omisión del ejercicio de sus funciones. Aparentemente, en algunas privadas y residenciales del norte de Mérida, existe la común práctica de contratar personal de la construcción para que lleven a cabo remodelaciones, ampliaciones y obra de todo tipo en los predios. Como usted seguramente sabe, cuando se contratan personas para este tipo de actividades, los trabajadores deben gozar -salvo que exista un régimen de contratación especial- de todos los derechos laborales que las leyes mexicanas y los tratados internacionales en la materia les reconocen, como un salario fijo, una jornada no mayor de ocho horas y prestaciones, como la de seguridad social.
En obras ordenadas por propietarios en estas zonas residenciales del norte, existen decenas -si no es que cientos- de trabajadores sin seguridad social, pues algunos propietarios se niegan a inscribir a los trabajadores al IMSS. Cuando se les comenta que la inscripción de los trabajadores al seguro es un requisito para obtener determinados permisos, argumentan que “no pasa nada”, pues al vivir en zonas de acceso controlado, los vigilantes tienen la orden de no dejar pasar a inspectores de las dependencias encargadas de supervisar estas situaciones.
Sin duda aquí hay una problemática que merece la pena sea considerada por las autoridades municipales y estatales pues, aunque las personas tienen derecho a vivir donde así lo prefieran y tienen derecho a la privacidad que estas residencias ofrecen, no hay razón suficiente para incumplir con las obligaciones de seguridad social o para vulnerar este mismo derecho a los trabajadores. Sería preocupante que las autoridades no detecten estas áreas de oportunidad o, peor, que solapen a quienes llevan a cabo estas prácticas. ¿Qué pasaría en caso de un accidente de trabajo? ¿Quién protege al trabajador?