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“ El menor debe crecer viendo lo que biológicamente es un acto de consecuencia: un padre y una madre. No se debe de influenciar un menor en su preferencia sexual… uno crece viendo la mamá, al papá (sic)”. Esas fueron algunas de las palabras del diputado local (ya de salida) Alejandro Cuevas, al discutir el dictamen que pretende modificar la Constitución del Estado en materia de matrimonio igualitario. Ni siquiera se estaba discutiendo el tema de adopción homoparental, pero el diputado optó por hablar de un tema jurídico que francamente desconoce. Dejando de lado las concepciones morales, que son únicas de cada individuo, el razonamiento del diputado, aún cuando esté en su legítimo derecho de decir lo que le parezca, carece de sentido lógico y resulta ajeno a todo dato científicamente demostrable. ¿Por qué? Basta con un razonamiento simple para derrumbar el precepto: si la orientación sexual fuese algo que se aprendiera viendo, algo que se sigue como ejemplo, simple y llanamente no podrían existir personas con una orientación diferente a la de sus padres heterosexuales. Sabemos que esto no es así, por lo que sus datos sacados de quién sabe dónde quedan rápidamente descartados. Lo que sí sé aprende (y está más que comprobado) son las conductas, ya sea de respeto o de violencia, por ejemplo, con las que el menor crece y se desarrolla. 

Continúa -quién sabe por qué razón, porque lo que se discutía era el matrimonio igualitario y no la adopción homoparental- diciendo que no se le debe conceder en lo jurídico lo que en lo biológico le es negado a las personas. Lamentables declaraciones de un representante popular que seguramente tiene entre sus representados a personas que, siendo heterosexuales, se ven imposibilitados de procrear y que encuentran en la adopción una forma de crecer su familia y dar un hogar a quien por alguna circunstancia se ve, hasta ese momento, privado de un derecho humano fundamental y reconocido en la Constitución Federal. La adopción tiene como fin integrar al menor a una familia, atendiendo a criterios de idoneidad (virtudes, cualidades, situación económica) que nada tienen que ver con el tipo de familia o la orientación sexual de los adoptantes. Así lo establecen sendos criterios de la Suprema Corte como las jurisprudencias P./J. 8/2016 (10a) y la P./J. 13/2016 (10a). 

Pero la postura no es única del diputado. En realidad, este pensamiento apegado a la moral y alejado de los datos duros, lo comparte un sector importante de la sociedad, incluso por aquellos que dicen apoyar abiertamente el matrimonio igualitario y los derechos para todos. Sin embargo, el no aceptar que las parejas del mismo sexo puedan ejercer la totalidad -y sin excepción- el mismo universo de derechos que las parejas heterosexuales, es un contrasentido lógico en el que se demuestra que se sigue viendo a las personas no heterosexuales como sujetos de segunda o que no deben tener las mismas posibilidades, aún cuando en el discurso se diga lo contrario. 

La legislatura saliente ha mantenido la misma lógica discursiva por tres años. Ojalá la que empezará en unas semanas tenga la vara más alta y empiece a apegarse a la norma jurídica, más que a sus percepciones individuales.

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