Seño Chayito y sus ocurrencias
El poder de la pluma
Los derechos del hombre deben ser escuchados y reconocidos en el templo de las leyes y formar parte de la constitución del pueblo.- Ponciano Arriaga
Seño Chayito Piedra oyó llover y no supo dónde o quizá pasó sus ojos sobre alguna publicación donde se hablaba de las Procuradurías de los pobres –instauradas y de efímera duración en San Luis Potosí en 1847- o quizá pensó en agradar a su jefe (por aquello de “primero los pobres”) y decidió que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos tenía que ocuparse sólo de tutelar a los desposeídos. Igual que suele hacerlo su patrón, doña Chayo posó la mirada en el siglo XIX, específicamente en San Luis Potosí y el 5 de marzo de 1847, cuando se publicó el decreto, promovido por el ilustre liberal potosino don Ponciano Arriaga Leija y que creo esa Procuraduría de los Pobres.
Si le hubiera rascado un poco a la Constitución y a la historia antes de lanzarse alegremente a proponer su descabellada reforma a la CNDH, la hija de su mamá (doña Rosario Ibarra) y ahijada de su padrino se hubiera percatado de que los derechos humanos, “reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte” son prerrogativas de “todas las personas”, según se lee en el mismísimo primer artículo de la ley de leyes. No sólo de los pobres.
La misma institución que preside, en reciente boletín, indica que mediante reforma del 13 de septiembre de 1999, la CNDH, elevada a rango constitucional, tiene como función “proteger y defender los derechos humanos de todos los mexicanos (negritas mías)”.
La señora Piedra haría bien asimismo en leer un estudio del abogado Santiago Oñate Laborde (disponible en www.juridicas.unam.mx), colaborador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, que enumera y expone puntualmente las condiciones en que don Ponciano propuso al Congreso potosino la creación de aquellas procuradurías que apenas duraron un año: en plena invasión norteamericana, cuando el país atravesaba por un muy severa crisis económica y social –derivada, entre otras causas, de la descabellada gestión de Antonio López de Santa Anna- “que acentuaba las desigualdades entre las distintas clases integrantes de la sociedad” y que los procuradores “carecieron en absoluto de facultades jurisdiccionales” y más bien se les podía comparar con “los promotores de la justicia” de origen hispano, creados para enmendar las injusticias que sufrían los desposeídos.
Claramente queda expuesto que esa figura jurídica estaba destinada ex profeso a la defensa de un sector de la sociedad que carecía de medios para enfrentarse a juicio en los tribunales o defenderse de abusos de otras autoridades administrativas. La CNDH, por el contrario, tutela los derechos humanos “de todas las personas”, sean pobres o ricas, nacionales o extranjeras y sin distingo de raza, religión o color de piel.
Doña Chayito haría bien en leer el estupendo trabajo de don Santiago (que no por ser priista es fifí) y pedirle apoyo para no andar desbarrando.