A 111 años de nuestra Revolución social
Miguel Óscar Sabido Santana: A 111 años de nuestra Revolución social
Este 20 de noviembre recordamos 111 años del principio de la gesta que dio un giro total a la vida cívica de México: el inicio de la Revolución social mexicana.
Ese movimiento armado acabó con más de 30 años de dictadura; culminó el 25 de mayo de 1911 con la renuncia del presidente de México, Gral. Porfirio Díaz, nacido en Oaxaca como José de la Cruz Porfirio Díaz Mori.
Los cambios políticos en esos tiempos costaron muchas vidas; se habla de 2 millones 100 mil fallecidos en el movimiento que buscaba las elecciones libres y democráticas.
El panorama laboral era caótico, sobre todo en el campo, en donde los terratenientes les pagaban a sus jornaleros el salario que consideraban y luego se los quitaban mediante las “tiendas de raya”, en donde el alimento y la vestimenta tenían el precio que los patrones decidieran.
La perspectiva en el sector obrero era similar, porque los empresarios pagaban bajos salarios, exigían largas jornadas de trabajo, incluso dominical y nocturna, con condiciones de salubridad nulas en los centros laborales.
Poco a poco se fueron incorporando diversos derechos en las demandas de la ciudadanía, las cuales fueron recogidas en la Constitución de 1917, que fue considerada la más avanzada del mundo, por elevar a rango constitucional los derechos sociales, al incluir los artículos 3, que otorga la educación para todas las personas; el 27, que intenta poner orden en la tenencia de la tierra, y el Artículo 123, que le da derecho a toda persona a tener un trabajo digno y socialmente útil. Cosas impensables durante el régimen porfirista.
Las leyes son perfectibles, una verdad indiscutible y si en 1917 nuestra Constitución fue la más avanzada del mundo, en el 2011 fue reformada para proteger mejor los derechos humanos de toda la ciudadanía; anteriormente se protegían esos derechos en el apartado de Garantías Individuales. La reciente reforma indica en el Capítulo I, De los Derechos Humanos y sus Garantías: Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Enfatizo el reconocimiento a los tratados internacionales de la materia favoreciendo a las personas con la protección más amplia.
Sigamos trabajando en el ámbito de los derechos humanos, para cumplir con la perfectibilidad de las leyes y consecuentemente de las prerrogativas fundamentales de la ciudadanía