El Metaverso judicial
Jorge Rivero Evia: El Metaverso judicial.
El concepto de Metaverso se originó en la novela de ciencia ficción “Snow Crash”, escrita por el estadounidense Neal Stephenson y publicada en 1992. En ella se describe un mundo virtual que es compatible con la realidad y que se puede acceder a través de unas gafas.
Hoy, de la fantasía literaria a la realidad: empresas como Facebook (ahora Meta) o Google, Nvidia y Microsoft han hecho posible esa tecnología. Incluso Facebook le cambió el nombre a su empresa por Meta debido a esa innovación.
En México, el artículo 2, fracción XXVI del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, define al Metaverso como: “(…)Espacio virtual que posibilita la convivencia social en mundos digitales a través de experiencias gráficas inmersivas en tercera dimensión, que suele utilizar tecnologías de realidad virtual, realidad aumentada, realidad mixta o híbrida, tokens y cadena de bloques(…)”.
De tal forma que resultará viable la realización de audiencias virtuales a través del Metaverso en los procedimientos nacionales.
Ello ya se verifica en Colombia, donde si bien se carece de normatividad tan especifica como la mexicana, el 15 de febrero de 2023, el Tribunal Administrativo del Magdalena, llevó a cabo una audiencia inicial, que es considerada la primera diligencia judicial en el Metaverso en ese país.
A través de la plataforma Meta Plataforms Inc., con la aplicación gratuita Horizon Workroom, se realizó la audiencia en la que los participantes usaron gafas de realidad virtual.
La audiencia fue transmitida por YouTube y tuvo una duración de 2 hrs., aproximadamente; tal y como sucede en el mundo real, empero, dentro del Metaverso.
Se puede observar a la magistrada, usando una toga negra, centrada en el estrado judicial, dentro de una sala. Allí también se encontraban el demandante y el demandado, cada uno a un lado de la pantalla. Otros avatares representaban a diversas autoridades y abogados asesores (un avatar es una imagen virtual asociada a una persona usuaria).
Las opiniones al respecto han sido divididas; por una parte hay quienes celebran que se puedan llevar audiencias de esta manera y que la utilidad se refleja en que hay espacios donde la gente no quiere verse, ni ser confrontada, digamos una conciliación. La conciliación es obligar a dos personas que no quieren verse, a arreglar sus temas. Esto puede ser útil en esos casos. Ello implica darle a la justicia una nueva herramienta.
Contrario a lo anterior, está la posición referente a que no todo lo moderno es útil, más allá de que sea concertado, eso aleja a la gente de la administración de la justicia. Como dato se indica que para acceder esa especie de diligencias no se necesita sólo internet y un software sino unas gafas que valen entre 500 y 600 dólares americanos. Se asevera también que el Metaverso está apenas en evolución y no parece ser, por lo menos todavía, un escenario idóneo para llevar a cabo diligencias judiciales y que surgen varias preguntas en torno a la idoneidad del método de verificación de los asistentes a la audiencia, y de cómo garantizar que la persona que hay detrás de un avatar sea quien se requiere en la diligencia.
Como quiera que sea, ya no hay vuelta hacia atrás. Las innovaciones tecnológicas ya están presentándose en el medio judicial. Una de ellas es el Metaverso que ya tiene categoría legal y reconocimiento en México. Una opción para asuntos en donde las partes no quieran enfrentarse cara o cara o, ¿por qué no? para proteger a los jueces en procedimientos de delincuencia organizada.