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En el presente siglo XXI, el vertiginoso avance de la tecnología ha producido invenciones que facilitan la comunicación e interacción entre los seres humanos. Si bien Francis Bacon (1561-1626) destacaba en su época que los tres grandes inventos que cambiaron al mundo fueron la brújula, la pólvora y la imprenta; podemos afirmar que, en nuestro contexto, los tres descubrimientos que han modificado el presente entorno han sido la electricidad, el internet y los teléfonos “inteligentes”.

Así emerge la Inteligencia Artificial, como la combinación de algoritmos planteados con el propósito de crear máquinas que presenten las mismas capacidades que el ser humano. Una tecnología que todavía nos resulta lejana y misteriosa, pero que desde hace unos años está presente en nuestro día a día a todas horas y nos hace repensar el sitio que ocupa el ser humano en este mundo, sobre todo, en su posible sustitución -por robots- para plantear y resolver problemas en el ámbito del Derecho.

La Inteligencia Artificial se expresa en el ciberespacio, por lo menos en tres formas: La automatización de procesos (sustituye a las personas en tareas que hasta hace poco tiempo se consideraban únicas de la inteligencia humana, como es la traducción o resúmenes de textos, y que plantean el desplazamiento de trabajadores de cuello blanco por máquinas pensantes, que es un temor fundado que ha generado la llamada Cuarta Revolución Industrial); Los sistemas expertos o plataformas (como las aplicaciones de música, comida o transporte, que “adivinan” o predicen con datos preexistentes, gustos y preferencias del usuario); y El aprendizaje profundo de las máquinas que se basa en algoritmos (learn machine).

Así, el mundo jurídico no puede escapar de la impronta de la Inteligencia Artificial; es imposible ignorar su presencia y las repercusiones que ha causado. El último delirio es la sustitución de la inteligencia humana por aquélla, es decir, el reemplazo de los abogados por los algoritmos.

Tratándose del ejercicio de la función judicial, este se vincula con los procesos de pensamiento que realizan los impartidores de justicia para resolver los conflictos sometidos a su consideración, en los que convergen la ley, los hechos, las pruebas, criterios jurisprudenciales, etcétera. Las sentencias, por lo que hace a su apartado de considerandos, son un reflejo de cómo los jueces estructuran los insumos cognitivos que les fueron proporcionados durante el juicio para llegar a la conclusión que finalmente los lleva a dictar una sentencia.

¿Es posible la existencia de un Juez Robot?

Más allá de la ciencia ficción, el Juez Robot es una realidad: China y Estonia se encuentran a la cabeza del desarrollo de jueces virtuales basados en la Inteligencia Artificial.

El gigante asiático presentó recientemente el llamado Tribunal de Internet de Pekín, un centro de litigios en línea en el que un juez de apariencia femenina, con cuerpo, expresiones faciales, voz y gestos, todo ello modelado sobre la base de un ser humano que, incluso respira, basado en la Inteligencia Artificial, resolverá litigios simples, aunque en esta primera fase funcionará de apoyo a los jueces de verdad.

Estonia se ha puesto a la cabeza de la investigación en lo que allí han denominado jueces robots de los que se espera, en esencia, lo mismo que en China. Sus jueces de Inteligencia Artificial se ocupan de la resolución de demandas de cantidad hasta un máximo de 7 mil euros (149 mil 730 pesos mexicanos).

En ambos países, el procedimiento es el mismo: las partes presentan sus demandas y sus pruebas en formato digital. El juez de Inteligencia Artificial que están desarrollando analizará la documentación y emitirá una sentencia.

La Inteligencia Artificial permitiría acelerar decenas de casos atrasados que los jueces y secretarios judiciales no pueden hacer frente actualmente. Empero, conlleva asimismo grandes riesgos: el control. Quien controla el algoritmo controlaría la justicia; y aun con toda la falibilidad humana, creo que esta es preferente a la frialdad de una máquina.

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