Derechos de la niñez y adolescencia
Ligia Aurora Cortés Ortega: Derechos de la niñez y adolescencia.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes es importante para que se conozcan sus derechos de los y las NNA, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014, y conjuntamente con su expedición se reformaron diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
El artículo 50 de LGDNNA ordena: “Niñas, Niños, y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica Gratuita y de Calidad de conformidad con la legislación aplicable en territorio mexicano, con el fin de Prevenir, Proteger y Restaurar su salud”.
El artículo 51 de la misma Ley establece: las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales, y de las demarcaciones territoriales de Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, y de conformidad con las disposiciones aplicables, deberán garantizar el derecho de la seguridad social.
México, ha firmado importantes instrumentos internacionales de protección a los menores, entre los que se destacan los siguientes:
La Convención sobre los Derechos del Niño. El Texto de la Convención recuerda que en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la ONU proclamó que la infancia tiene derecho a cuidados y asistencia especiales.
La Convención Americana 1969 (Pacto de San José), se destaca por el reconocimiento de la dualidad de los derechos humanos, derechos para todos y derechos específicos, y los reservados para las niñas, niños y adolescentes.
Disposiciones generales de la LGDNNA, artículo 1o. de la propia Ley señala: “...es de orden público, interés social y observancia general en territorio nacional”, y en el Titulo Segundo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, el artículo 13 invoca varios derechos de NNA de manera enunciativa, más no limitativa.
La normativa federal sobre la niñez establece directrices para garantizar la salud de estos titulares especiales, a saber:
Derecho a no ser sujetos de discriminados por su estado de salud; Derecho a vivir en un medio ambiente sano con crecimiento saludable; Derecho a una vida libre de violencia y su recuperación cuando sufra algún daño físico, o psicológico, siempre resguardando su respeto y dignidad.
Además, el derecho a la protección de la salud y a la Seguridad Social, mediante el derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, recibir prestación de servicios de atención médica gratuita. Para ello existirá coordinación en cuanto a reducir la mortalidad infantil, asegurar la prestación de asistencia médica y sanitaria, atendiendo entre otros aspectos la vacunación, enfermedades respiratorias, renales, y epidémicas.
Establecer las medidas para que en los servicios de salud se detecten y reciban atención los casos de víctimas de delitos, casos de salud mental, detección de discapacidad y de igual forma establecer el acceso a los bienes, servicios, ayudas técnicas y rehabilitación.
La LGDNNA compromete a las autoridades a garantizar el Derecho a la Seguridad Social, así como a fortalecer la salud materno-infantil.
Por otra parte, las normas oficiales mexicanas señalan que las autoridades sanitarias podrán promover mecanismos de atención a las víctimas y victimarios del acoso o la violencia escolar.