¿Falleció por Covid-19?
El poder de la pluma
El gobierno federal, a través de la Secretaría de Salud, ha implementado el Programa de Apoyo para Gastos Funerarios, para familiares de personas fallecidas por Covid-19.
A estas personas se les entregará un apoyo económico de 11 mil 460 pesos, por cada fallecido, en un solo pago, a más tardar una semana a partir del trámite; el uso del apoyo debe ser para gastos por servicios funerarios y recuperación de la economía familiar. El apoyo económico es de carácter universal y de entrega directa (esposa, esposo, pareja, hija, hijo, padre o madre), sin distingo de posición social, económica o de seguridad social.
Importante es que, para la entrega del apoyo, no es necesaria la intervención de terceras personas, pues se otorgará directamente al familiar del fallecido que haga el trámite; si dos o más personas presentaran solicitud de apoyo por el mismo fallecido, se analizará y determinará a quién corresponde el derecho en estricto sentido.
El proceso de registro de peticiones del apoyo se iniciará a partir del día dos de diciembre y para ello será necesario que el interesado ingrese al siguiente enlace electrónico y proporcione los datos que el sistema le solicitará: www.deudoscovid.gob.mx
Le pedirán, entre otros datos, el de su identificación, de su CURP, referencia bancaria -de tenerla-, así como los de la persona fallecida, documentos oficiales que acrediten el parentesco, el acta de defunción en la que se especifique que la causa del fallecimiento fue precisamente por Covid-19. El programa incluye a los fallecidos por Covid-19 desde marzo anterior y continuará durante todo el tiempo que dure la contingencia sanitaria y hasta que se declare oficialmente que ha llegado a su fin.
El derecho a recibir el apoyo prescribe al año del fallecimiento de la persona, así que nuestra sugerencia es que haga el trámite lo más pronto posible, especialmente si su familiar falleció en los meses de marzo, abril o mayo pasados. Quienes proporcionen datos de un familiar fallecido por Covid-19 deberán expresar que lo hacen “bajo protesta de decir verdad”.
El apoyo se transferirá a la cuenta bancaria que para el efecto proporcione quien haga el trámite, debiendo presentar la CLABE a 18 dígitos del banco que opera su cuenta y, en caso de carecer de cuenta bancaria, se deberá acudir a las oficinas del Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia más cercana a su domicilio.
Si usted carece de internet o del acta de defunción de su familiar, también deberá acudir a las oficinas del DIF de su localidad y ahí le orientarán y apoyarán sobre la forma en que podrá hacer el trámite o cómo resolver lo relativo al acta de defunción.
A hacer un uso correcto del programa.