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Con gran frecuencia recibimos quejas sobre patrones que incumplen con la obligación de registrar a sus trabajadores en el IMSS; las quejas principales son las siguientes: Alta al IMSS a destiempo o por solo por unas semanas, para luego darlos de baja y luego reactivarlos, hecho que sucede, de manera recurrente.

Otra queja frecuente es que, al incorporarse a un trabajo, son registrados con un salario mucho menor al que realmente devengan y por “fuera” les pagan el complemento del salario convenido.

Otra queja es que, con frecuencia de días, son cambiados de una empresa a otra, pero, en el inter, llegan a pasar una, dos tres o más semanas, sin tener seguro social.

En efecto, todo lo anterior y más sucede, afectando con ello, en primer lugar, al trabajador y a su familia pues, de necesitar atención médica, ordinaria o urgente, al no estar incorporados al régimen obligatorio del Seguro Social, legalmente no tienen derecho a recibir atención médica y, ante la necesidad, solo queda acudir con el médico de la esquina y empeñar o vender lo poco de valor que se tiene.

Para el IMSS, que un patrón no cumpla en tiempo, modo y forma con las obligaciones de ley implica, la no recepción de cuotas y aportaciones reales o que, de recibirlas, son en una cuantía menor a la que realmente se debió de aportar lo que conlleva a tener un sistema de seguridad social insolvente y dependiente. Para los trabajadores implica que, al no estar registrados, no tienen derecho a recibir atención médica, ni a acrecentar derechos para pensiones o que, de llegar a recibirlas, son éstas de muy bajo monto que condenan de por vida a vivir en la miseria al ser insuficientes para cubrir necesidades básicas y a ello hay que agregarle los efectos adversos que tienen para las pensiones, el raquítico incremento anual y la despiadada inflación.

¿Qué opciones tienen los trabajadores para modificar las conductas evasivas de sus patrones?

En primer lugar, deben cerciorarse de que sean dados de alta en el IMSS dentro de los primero cinco días posteriores a su contratación. Si aceptan recibir un pago menor al salario real devengado, sepan que esa decisión les afectará mucho, al momento de tener que recibir una incapacidad médica, una ayuda o una pensión.

Por ello, procuren revisar cada mes su Reporte Personalizado de Cotizaciones IMSS en IMSS digital en su teléfono celular o en el portal del IMSS. De ustedes no estar de acuerdo con los salarios o semanas que su reporte de cotizaciones les muestra, hablen con su patrón o si no queda de otra, interponer queja contra ese patrón, en el área de auditoría a patrones.

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