Incrementa así tu futura pensión
Columna de Jaime Gutiérrez Melchor: Incrementa así tu futura pensión
Si usted cotizó tanto por Ley 73 como por Ley 97, al pensionarse podrá elegir la opción que más le convenga, por estar catalogado como trabajador en transición, por lo que podrá solicitarle al Instituto que le haga el cálculo de su pensión por ambas leyes.
Ahora bien, para incrementar la cuantía de su pensión conforme a Ley 73, tiene dos opciones: una, solicitarle a su patrón con por lo menos cinco años de anticipación, le incremente el salario que le paga, hasta veinticinco veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente.
Pero si lo anterior lo ve un poco complicado, su otra opción para incrementar la cuantía de su pensión consistirá en causar baja del régimen obligatorio, con por lo menos cinco años previos a la edad prevista para su retiro y solicitar de inmediato su incorporación al IMSS, en la modalidad de Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio (modalidad 40) y pagar las cuotas que correspondan, durante cincuenta y ocho meses.
De ser su elección la Ley 97, usted puede evitarse la pena de un “no es posible…” y efectuar ahorro voluntario en la cuenta individual que la Afore le administra, haciendo aportaciones voluntarias y/o aportaciones complementarias para el retiro.
El ahorro voluntario podrán efectuarlo tanto usted como su patrón, no está limitado a montos ni plazos mínimos, es inembargable hasta 20 veces el valor de la UMA elevado al año y deducible hasta el 10% de su ingreso anual con tope de 5 el valor de la UMA elevado al año, lo que significa que es posible capitalizar parte del pago de impuestos y convertirlo en ahorro de largo plazo para incrementar el monto de la futura pensión.
Si usted no puede o no le interesa hacer deducible su ahorro voluntario y en lo que a las aportaciones voluntarias se refiere, podrá disponer de ellas cuando usted lo desee; por el contrario, las aportaciones complementarias sólo podrán disponer de ellas cuando adquiera el derecho a retirar las aportaciones obligatorias; es decir, cuando se pensione.
Otra alternativa para bien invertir las aportaciones para el retiro, así como el ahorro voluntario (AV y ACR), además de conducta muy deseable, es conocer el índice de capitalización histórico de las acciones en cada Afore; ningún indicador emitido por la autoridad reguladora del sistema de ahorro para el retiro es confiable como para planear a futuro.
Por ello, es muy recomendable obtener información fidedigna de consultores especializados en la materia para así tomar decisiones informadas y acertadas.
Le recuerdo que, cuando como adultos mayores vivamos la etapa de nuestra vejez cobijados por una generosa pensión, jamás nos faltará cariño o que, siendo viejitas, pero con dinero, nuestras abuelitas seguirán siendo bonitas.