|
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

MÉRIDA, Yucatán.- Así es amigo pensionado; se ha autorizado por parte del IMSS aumentar los préstamos a las y los pensionados por Ley del Seguro Social 1973, a partir del día 13 de enero de 2020. Lo anterior lo ha dado a conocer el Instituto a través del comunicado No. 019/2020, publicado recientemente por su sala de prensa.

Aun cuando en el boletín se expresa que el aumento de cantidad a prestar a los pensionados se ha incrementado de 30 a 90 días de UMA, hay que entender que, en estricto sentido, no se trata de un adelanto de pensión, tal y como lo refieren, sino más bien es un crédito que usted deberá pagar con cargo a su pensión.

Sin intentar polemizar y con el propósito único de transparentar la información, precisamos que no se trata de un adelanto a cuenta de pensión o de una mayor pensión; es simple y llanamente un préstamo a cuenta de pensión.

Se describe en el boletín que el Seguro Social pone a disposición de los interesados y sus familiares el teléfono 800 623 2323 para ser atendidos por un asesor y que éste le informe de la forma en que podrá acceder a un préstamo a cuenta de pensión, no un “adelanto de pensión”.

Destaca el comunicado del Seguro Social que los montos de los préstamos a cuenta de pensión se incrementan de 30 a 90 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

A partir del 1 de febrero de 2020, el valor de la UMA será de 86 pesos con 88 centavos y así podrá acceder a préstamo de hasta $7,604.10, que pagará en plazo no mayor de 12 meses.

Para solicitar un préstamo, debe acudir a la UMF que le corresponda, presentar identificación oficial y un documento que contenga su NSS; debe ser pensionado(a) vigente por LSS 1973 y tener mínimo tres meses como pensionado(a).

Si tuvo préstamo y ya lo cubrió, podrá tramitar otro después de tres meses de que pagó el préstamo anterior; tampoco debe tener préstamo vigente con banco que tenga convenio con el IMSS.

El descuento mensual para pagar el préstamo no podrá ser mayor del 30% de su pensión.
Si la pensión es menor de un salario mínimo, solo se le podrá prestar hasta el 25% del monto que reciba.

El préstamo no genera intereses y se le depositará en el banco en que se reciba su siguiente mes de pensión.

Tenga sumo cuidado al solicitar un préstamo a cuenta de pensión porque hay que pagarlo.

Lo más leído

skeleton





skeleton