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A continuación te presentamos una sencilla guía para obtener pensión en caso de que seas un trabajador independiente:

Trabajador independiente es la persona que trabaja por cuenta propia, que no está subordinado a un patrón y, por consecuencia, no se encuentra incorporado al régimen obligatorio del IMSS en ninguna de sus modalidades (10, 33, 35, 40, 42 o 44), ni al del Issste, ni a ningún sistema estatal o de organismo público descentralizado.

Puede estar o no inscrito en el RFC, pero, a través de su actividad, genera sus propios ingresos, es decir, es un trabajador que “cocina sus propias galletas”.

Al no estar incorporado a ningún régimen de seguridad social, no acumula derechos para una futura pensión, aun cuando, por la actividad que realiza, bien puede hacerlo.

En el Sistema de Ahorro para el Retiro se conoce a estas personas como trabajadores “no afiliados”.

Un trabajador “no afiliado” puede tener una pensión y para ello debe hacer lo siguiente:

1) Obtener su Numero de Seguridad Social (NSS) en portal IMSS o en la App IMSS Digital; para ello, necesitará tener a mano el dato de su CURP, de su domicilio y un email a su nombre.

2) Ya con su NSS en mano, debe acudir a la afore de su elección y pedir le abran una cuenta como trabajador independiente, “no afiliado”.

3) Para lo anterior será necesario presentar en la afore identificación oficial vigente, con foto y firma; el dato de su CURP y el de dos personas más; comprobante reciente de domicilio; RFC con homoclave; acta de nacimiento; número de celular y un email.

4) Con los datos anteriores, la afore deberá abrir la cuenta individual del trabajador “no afiliado” y elaborar el expediente electrónico de identificación; también le solicitará los datos de sus beneficiarios(as).

5) La cuenta individual así abierta tendrá, básicamente, las siguientes subcuentas:

*) Ahorro a Largo Plazo: en ésta hará los depósitos de las aportaciones que a futuro le darán una pensión; se recomienda hacer aportaciones de manera periódica; puede ser deducible de ISR o no; cantidad fija o variable.

*) Aportaciones Voluntarias: para proyectos de corto o mediano plazo, en cualquier momento y cantidad.

6) A la edad de 65 años podrá comprar la pensión en la modalidad de rentas vitalicias o de retiros programados.

7) La afore le enviará al menos tres estados de cuenta cada cuatro meses.

8) Se recomienda ahorrar, de por vida, un mínimo de 12.5% del ingreso semanal, quincenal o mensual, pero la constancia y la perseverancia marcarán la diferencia entre tener una pensión pequeña o una mediana.

La decisión de crear las condiciones para una pensión de un trabajador independiente será única y exclusivamente de él.

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