¿Qué porcentaje me pueden quitar si debo dar pensión alimenticia?

La pensión alimenticia es un derecho que obtienen los hijos en caso de separación o divorcio de sus padres...

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La pensión alimenticia es un derecho que obtienen los hijos en caso de separación o divorcio de sus padres, tiene como objetivo brindar alimentos, ropa, calzado, medicinas, útiles escolares, educación y esparcimiento. Generalmente la pensión alimenticia puede durar hasta los 18 años, sin embargo si el menor estudia una carrera universitaria la pensión puede extenderse hasta que cumpla los 21 años.

El monto de la pensión alimenticia puede depender de varias cosas, por ejemplo el juez deberá considerar el sueldo del deudor (en este caso el que va a dar la pensión alimenticia) y considerar el ingreso del acreedor (en este caso es el que recibe la pensión alimenticia), también se deberán considerar las necesidades de los menores, ya sea que estén estudiando, que padezcan alguna enfermedad, que tengan actividades extra curriculares, si están rentando una propiedad, si tienes bienes o propiedades, entre otros factores.

Hacemos una breve pausa para invitarlos a conocer el Instituto Pericial Judicial y su amplia oferta académica, contamos con diplomados, clases de inglés, bachillerato, licenciaturas y maestrías, además de contar con becas y descuentos. También contamos con apoyo y asesoría para cualquier persona que lo necesite o requiera. Pueden visitarnos en nuestras instalaciones ubicadas en la Avenida José López Portillo casi esquina con Uxmal a unos minutos del crucero, o pueden enviarnos un WhatsApp al (998)-303-66-70 y con gusto los atenderemos.

Se estipula que el porcentaje total de pensión alimenticia no podrá exceder el 50% de las ganancias totales del deudor, por lo que puede variar el porcentaje, ya que todo depende de cada familia y de los ingresos. Sin embargo la pensión alimenticia puede concluir antes de los 18 años y puede depender de lo siguiente, como que el deudor no tenga los medios para proveer la pensión alimenticia, o el que reciba los alimentos deje de necesitarlos ya sea por muerte, matrimonio o por obtener empleo. Y en caso de que esté estudiando la universidad este derecho puede concluir si se comprueba que el acreedor dejó de estudiar o que tiene algún vicio.

Actualmente se ha hecho una reforma y se ha establecido que ahora el juez dará la cantidad total y no un porcentaje como estaba establecido anteriormente, es decir; el juez ya va a determinar la cantidad exacta que se deberá brindar como pensión. Esto se hizo para facilitar el proceso y evitar que se malentienda o que haya fraude.

En nuestro código civil de Quintana Roo, a partir del artículo 837 habla sobre los alimentos, el cuál es uno de los derechos dentro de la pensión alimenticia y menciona lo siguiente; “Los hijos al adquirir la mayoría de edad tendrán derecho a recibir los alimentos siempre y cuando estén estudiando con la finalidad de adquirir un oficio, arte o profesión, pero lo será hasta la conclusión de los estudios correspondientes, cuando los lleven a cabo sin interrupción y no rebasen los 25 años de edad, salvo que no sean concluidos por causa suficiente que lo justifique.”

Por ultimo queremos preguntarles a ustedes nuestros lectores, ¿Qué opinan sobre la pensión alimenticia? ¿Conocen a alguien que esté pasando por este proceso?
Directora del Instituto Pericial Judicial

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