Negro panorama en pensiones
Así es estimado lector, negro panorama les espera a millones de trabajadores en este país...
Así es estimado lector, negro panorama les espera a millones de trabajadores en este país, cuando al llegar la edad de su retiro laboral solo alcancen a recibir un Pensión Garantizada, o de plano, ni siquiera esta y, por consecuencia, se vean obligados a recibir una Negativa de Pensión (de esta le hablaré la próxima semana).
Consabido es que, quienes iniciaron su carrera laboral el 1 de julio de 1997, se pensionarán por el llamado “sistema de capitalización”, “cuentas individuales”, o “por la “Afore”.
Lo anterior significa que, si un trabajador causó alta al régimen obligatorio del IMSS, en la fecha antes citada, para el año 2021 o 2022, habrá alcanzado la edad de 60 años y seguramente deseará pensionarse, pero, hay tres detalles importantes:
Uno, habrá alcanzado la edad de retiro; dos, habrá acumulado las semanas cotizadas; y tres, en su cuenta individual no habrá ahorro suficiente como para poder comprar una pensión de cesantía en edad avanzada, en la modalidad de rentas vitalicias y quizás, ni en la opción de retiros programados; incluso si la edad de retiro es a los 65 años de edad, la suerte del trabajador o pensionado, será la misma.
Sin embargo, si el trabajador ya cumplió con el requisito de Ley en edad y semanas cotizadas, y aún y cuando el dinero ahorrado sea insuficiente para comparar una pensión, de al menos una Pensión Garantizada (equivale a un salario mínimo), el Estado, a través de la SHCP, estará obligado a pagar la pensión y hasta su fallecimiento.
En adición y después del suceso anterior, el Estado queda obligado a continuar pagando las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, que en su caso correspondieren, hasta su extinción legal.
¿Por qué el Estado queda obligado al pago de la pensión, aún después de agotado el ahorro del pensionado?
Lo anterior sucede porque al pensionarse un trabajador que no logró ahorrar lo suficiente como para comprar una pensión, pero que sí logró trabajar al menos 1,250 semanas de cotización, el ahorro que pudo acumular durante su vida laboral, por disposición de Ley, lo retiene la Afore y lo pone en una cuenta llamada “Cuenta de Pensión”.
De la “Cuenta de Pensión”, la Afore pagará mes a mes al pensionado, la Pensión Garantizada.
Cuando ya solo quede dinero para pagar tres mensualidades la Afore, la avisa al IMSS y el Instituto a la SHCP.
La SHCP continuará enviando el importe de la Pensión Garantizada al IMSS, y este se la depositará al pensionado.
Así que amigos trabajadores, lo que tanto se anunciaba desde hace más de quince años, estamos a poco más de dos años de que sea una verdadera y cruda realidad.