Nuevo régimen simplificado de confianza: ¿De veras así de bueno?

Este nuevo régimen prevé una máxima simplificación a efectos de que el cálculo y entero del impuesto sea accesible a los contribuyentes...

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Como parte de la Miscelánea Fiscal para 2022, el Paquete Económico plantea una nueva forma de pagar impuestos que puede beneficiar a 96% de las personas morales registradas ante el SAT en el país.

 

En conferencia de prensa, Raquel Buenrostro, jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), detalló que el Nuevo Régimen Simplificado de Confianza de personas morales busca promover la activación económica mediante un esquema de simplificación que incremente la inversión e impulse la competitividad. 

 

“Este régimen considera a personas morales residentes en México con ingresos totales que en el año no excedan los 35 millones de pesos”, detalló. 

 

En México, los censos económicos apuntan a que 99.8% de los establecimientos son micro, pequeños o medianos negocios y el SAT cuenta en su padrón con 2.1 millones de empresas cuyos ingresos son menores a esos 35 millones de pesos. 

 

“Mucho de lo que no se paga de impuestos tiene que ver con lo complicado. Las grandes empresas, que conocen cómo funciona el sistema pagan menos impuestos”, dijo Buenrostro. La funcionaria explicó que el nuevo régimen otorga beneficios directos a las empresas e incluso funge como un apoyo ante la crisis económica. 

 

“Después de la crisis esto da un beneficio. Antes se pagaba sobre ingreso devengado, ahora se pagarán los impuestos sobre el flujo de efectivo, lo que representa un menor costo para la pequeña empresa, además de que se mejoraron las deducciones en las inversiones”, afirmó. 

 

El régimen también estará disponible para personas físicas con actividad empresarial que brinden servicios profesionales, para quienes están en régimen de incorporación fiscal (RIF), quienes presten servicios de arrendamientos o formen parte de los AGAPES (Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras y Silvícolas). 

 

Raquel Buenrostro explicó que, si bien el nuevo esquema supone una simplificación masiva, no se prevé que aumente la recaudación. “El nuevo régimen, como se calculó, no tiene impacto recaudatorio, la complejidad de la ley hacía que no fuera progresiva, por desconocimiento de la ley, los pequeños contribuyentes terminaban pagando más, eso es lo que se quiere cambiar”, comentó la funcionaria.

 

Si bien es cierto, la jefa del SAT había anunciado el lanzamiento de este nuevo régimen, la realidad es que a muchos tomó por sorpresa que tal régimen supliera al de incorporación fiscal, literal derogando este último. Bajo ese contexto, resulta de gran importancia analizar algunos aspectos del nuevo “Régimen Simplificado de Confianza” para personas físicas.

 

Se debe resaltar que en la exposición de motivos de la propuesta se precisa que en los regímenes actuales la determinación y el pago del ISR de las personas físicas requiere cumplir con la presentación de declaraciones informativas, de retenciones, de operaciones con proveedores, provisionales y la declaración anual, así como llevar y conservar contabilidad, lo que implica para algunos contribuyentes la necesidad de contratar los servicios de terceros (contadores, gestores) para apoyarlos en el cumplimiento de sus obligaciones, por lo que el Régimen Simplificado de Confianza planteado prevé una máxima simplificación a efectos de que el cálculo y entero del impuesto sea accesible a los contribuyentes sin necesidad del apoyo de terceros, utilizando como principal eje el CFDI, con lo que se logra la automatización de tal cálculo y se disminuye la carga administrativa.

 

Asimismo, indica que, con el régimen propuesto, los contribuyentes podrán cumplir con sus obligaciones de una manera ágil y sencilla porque únicamente deberán:

 

Inscribirse o actualizar su RFC

Generar su firma electrónica avanzada y activar su buzón tributario

Expedir y solicitar facturas a través del portal del SAT

Ingresar al portal de la citada autoridad donde encontrarán su información precargada, y

Generar la línea de captura y realizar el pago correspondiente, en caso de que proceda

 

Algunos de los beneficios que tendrán estos contribuyentes son:

 

  • Las facturas que emitan podrán participar en los sorteos determinados por el SAT (como los relativos a “El Buen Fin”)
  • Podrán participar en los remates que lleva a cabo el SAT conforme a las reglas de carácter general que al efecto se emitan
  • No presentarán declaraciones informativas, y
  • No deberán llevar contabilidad electrónica

 

Independientemente de estos beneficios, se debe señalar las tasas impositivas mínimas que se aplicarían de manera progresiva de acuerdo con los ingresos obtenidos por el contribuyente de que se trate, pudiendo ser incluso del 1 % cuando los ingresos anuales no sean mayores de $300,000.00, y una tasa de máxima del 2.5 % para quienes obtengan ingresos de $ 2’500,000.00 y hasta $3’500,000.00.

 

Resulta contradictorio que por un lado el SAT busque la simplificación en la administración de este tipo de contribuyentes sugiriéndoles que con este nuevo régimen no necesitarán de terceros para cumplir con sus obligaciones fiscales, y por otro, siga exigiendo la emisión de los CFDI con tantos requisitos administrativos, tal es el caso del complemento de Carta Porte.

 

Otro punto destacado es que el llamado régimen de confianza parece que no confía en los contribuyentes, pues las declaraciones estarán precargadas con los datos de los CFDI, lo cual denota que la autoridad confía más en sus programas que en los pagadores de impuestos.

 

Lo anterior, parte del hecho de que el numeral 6o. del CFF establece que las contribuciones serán auto determinables, lo cual demuestra la plena confianza en el contribuyente sin la necesidad de un nuevo régimen.

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