Detienen a empleado de tienda departamental de Cancún ¡por robar fotos!

La mujer afectada detectó que el joven estaba copiando el material de su teléfono al dispositivo del trabajador.

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Detienen a empleado de Sears por robar fotos del celular de una clienta [Foto: Especial]
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Un empleado de una tienda departamental fue detenido luego de que presuntamente robó fotos del celular de un mujer que llegó a pedir asesoría para el uso de su smartphone nuevo.

De acuerdo con una ficha informativa, la denunciante compró un celular en el establecimiento ya mencionado, ubicado dentro plaza Las Américas de Cancún, pero regresó a la tienda para pedir que se le ayudara a descargar algunas aplicaciones.

A la víctima la atendió un joven de 21 años de edad que se identificó como Facundo “N”, se menciona que el ahora detenido comenzó a manipular el teléfono para descargar lo que solicitó la clienta.

Sin embargo, momentos después la mujer se dio cuenta de que el empleado estaba copiando fotos de ella a su celular.

Ante los hechos, la víctima procedió a reclamar por lo sucedido y de inmediato solicitó el apoyo de las autoridades. Más tarde el joven fue detenido por el delito de violación de la intimidad personal familiar.

¿Qué dice el Código Penal de Quintana Roo sobre la violación de la intimidad?

El Artículo 194-Bis del Código Penal de Quintana Roo indica sobre la “Violación de la Intimidad Personal o Familiar”:

Se le dará prisión de seis a cuatro años y de 100 a 300 días de multa al individuo que sin consentimiento de otro, o sin autorización judicial y para conocer asuntos relacionados con la intimidad personal o familiar por cualquier medio:

"Se sancionará con prisión de seis meses a cuatro años y de cien a trescientos días multa, a quien sin consentimiento de otro, o sin autorización judicial y con el fin de conocer asuntos relacionados con la intimidad personal o familiar de aquél, utilizando cualquier medio:

 I Se apodere de documentos u objetos de cualquier clase;

II Reproduzca los documentos u objetos que contengan información relacionada;

III.- Escuche, observe, o grabe una imagen fija o en movimiento, el sonido, o ambos". 

En tanto, el 194-Ter indica que:

“Se sancionará con prisión de uno a cinco años y de doscientos a trescientos días multa a quien revele, distribuya, transmita o lucre con la intimidad personal o familiar prevista en el artículo que antecede”.

 

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