Suprema Corte ordena restituir terrenos a empresarios de Holbox

Las cinco hectáreas fueron incluidas en el decreto de protección de Isla Grande.

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En 2016 se realizó el decreto de protección para Isla Grande, que abarcaba 538 hectáreas de playa, incluidas las privadas. (Paola Chioamante/SIPSE)
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Alejandro Castro/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) regresó a cuatro empresarios de Holbox cinco hectáreas que habían sido incluidas dentro de un decreto de protección en 2016 para Isla Grande.

Según el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, se dejó “insubsistente” la protección de los predios privados, toda vez que la delimitación de zona federal marítimo terrestre se traslapó con los predios propiedad de cuatro empresarios, que adquirieron los terrenos en el Ejido de Holbox antes de que se hiciera tal delimitación.

El decreto del gobierno federal abarcaba 538 hectáreas de playa, incluyendo las cinco que legalmente pertenecían a la propiedad privada. Los empresarios alegaron en esa defensa que el mar ganó territorio y sus predios quedaron dentro de la franja de 20 metros que se considera como zona federal marítimo terrestre.

El acuerdo emitido en 2016, consideraba a la superficie y especificaba que se trataba de territorio dentro de los bienes de dominio público, es decir, la zona de playa.

Sin embargo, los empresarios Bernardo Guerra Treviño, Gilberto Pérez García, Mauricio Morales Sada, Humberto Garza Valdez y María Magdalena Meyer Guzmán, demandaron “amparo y protección de la justicia federal” a través del Juicio de Amparo Indirecto 733/2016-V, por considerar que afectaba su derecho de propiedad.

En su demanda, los quejosos alegaron que dicha delimitación fue realizada en 2013, después de que fueron adquiridos los terrenos.

Refirieron que las aguas del mar invadieron las parcelas 170, 171, 172, 173, 179, 180, 181, 182 y 188, sin que eso haya sido tomado en cuenta por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para hacer la delimitación de la zona federal marítimo terrestre.

Derivado del juicio que inició en el Juzgado Tercero de Distrito, con sede en Cancún, la SCJN determinó que la delimitación de zona federal marítimo terrestre no puede darse de forma automática, tomando en cuenta únicamente el factor de 20 metros sobre la línea de costa, sino que se requiere hacer un deslinde de los terrenos.

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