¿Tienes coche en el corralón? Anuncian descuentos de hasta el 90% en estancia y multas para que lo recuperes

El Gobierno busca que las unidades ya no se acumulen y generan otros problemas, principalmente de salud

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La cantidad de vehículos que se encuentra en los depósitos genera toda clase de problemas. (Jorge Acosta/Novedades Yucatán)
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MÉRIDA, Yucatán.- Como medida de apoyo a la economía familiar ante las afectaciones ocasionadas por el coronavirus, el Gobierno del Estado otorgará beneficios fiscales a favor de quienes tengan unidades en los depósitos vehiculares de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y no hayan podido recuperarlos debido al monto económico al cual asciende el adeudo por la estancia y los demás conceptos aplicables.

Con base en el Decreto 376/2021 publicado en el Diario Oficial, los beneficios son, en materia de estancia vehicular en el corralón, servicio de grúa y multas, que permitan a las personas recuperar sus vehículos, evitar la proliferación del mosquito transmisor de las enfermedades y disminuir los impactos negativos que tiene sobre el suelo y la atmósfera la permanencia de vehículos por años en estos depósitos.

El documento se especifica que en materia de condonación de derechos por la estancia en el corralón, si el año de ingreso al corralón o al depósito vehicular fue 2019-2020, 2016-2018 y 2015 y años anteriores a este, los descuentos serán del 50, 70 y 90 por ciento, respectivamente.

Respecto al apoyo por servicio de grúa, quedará de la siguiente manera respecto al año que se prestó el servicio, 2019-2020, 2016-2018 y 2015 y años anteriores, el descuento será del 30, 50 y 70 por ciento, respectivamente.

De igual modo se informa la rebaja en multas es del 50 por ciento del monto total de las que les hayan sido impuestas por la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), por infracciones al Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, o bien, por el Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial o la entonces Dirección de Transporte, por infracciones al Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Yucatán, a quienes tengan vehículos retenidos en el corralón o los depósitos vehiculares.

A las personas a quienes se les haga efectiva las condonaciones mencionadas, no podrán solicitar que adicionalmente se les apliquen los beneficios establecidos en los artículos 474 del Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, 149 del Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Yucatán o 6 del Decreto 388/2020.

De igual modo, los beneficios fiscales del  decreto publicado, no implicarán en ningún caso devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno. El decreto estará en vigor hasta el 17 de julio próximo.

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